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Decreto Nº2166

Decreto Nº 2166

Bolivar, 16/07/2021

Visto

 

El Expediente N° 4013-360/21por el cual la Secretaría de Desarrollo de la Comunidad propicia el llamado a Licitación Privada N° 22/2021 para la adquisición de herramientas para conformar el “Banco de Maquinarias, Herramientas y Materiales para la Emergencia Social” y;

Considerando

Que por Decreto Nº 1779 de fecha 09 de Junio del corriente se aprobó el llamado a la Licitación Privada Nº 22/21 para la adquisición de herramientas para conformar el “Banco de Maquinarias, Herramientas y Materiales para la Emergencia Social” con un presupuesto oficial de pesos Tres Millones Ochenta y Dos Mil Doscientos Veinte con 00/100 ($3.082.220,00);

 

Que se han cursado dos (2) invitaciones a comerciantes del ramo inscriptos en el Registro de Proveedores, a las firmas: SUCESION DE ARAGON PEDRO AGUSTIN y SAN ESTEBAN NORMA BEATRIZ;

 

Que se recibieron dos (2) ofertas válidas según surge del Acta de Apertura del día 13 de Julio de 2021 de los proveedores SUCESION DE ARAGON PEDRO AGUSTIN y SAN ESTEBAN NORMA BEATRIZ;

 

Que analizadas las ofertas elevadas a tal efecto y teniendo en cuenta el informe emanado de la Oficina de Compras, es conveniente adjudicar cada uno de los ítems por separado;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 154° de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

 

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

 

DECRETA

 

Artículo 1º: Aprobar la Licitación Privada Nº 22/2021 llevada a cabo el día 13 de Julio de 2021, para la adquisición de herramientas para conformar el “Banco de Maquinarias, Herramientas y Materiales para la Emergencia Social”.

 

Artículo 2º: Declarar admisibles las propuestas presentadas por los proveedores SUCESION DE ARAGON PEDRO AGUSTIN y SAN ESTEBAN NORMA BEATRIZ por ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.

 

Artículo 3º: Adjudicar a la firma SUCESION DE ARAGON PEDRO AGUSTIN los siguientes ítems:

 

 

Cantidad

Descripción

Importe unitario

Importe Total

30

MOLDE PIZZERO

$690,00

$20.700,00

1

AMASADORA 20 KG

$70.950,00

$70.950,00

5

ASADERA GRANDE

$5.390,00

$26.950,00

1

BALANZA 30 KG

$27.700,00

$27.700,00

2

BALANZA 5 KG

$2.000,00

$4.000,00

2

BATIDORA 10L

$52.800,00

$105.600,00

2

CAJA REGISTRADORA

$10.300,00

$20.600,00

5

COCINA 4 HORNALLAS INDUSTRIAL

$64.500,00

$322.500,00

3

COCINA 6 HORNALLAS INDUSTRIAL

$80.700,00

$242.100,00

1

EMBUTIDORA 10 KG

$54.200,00

$54.200,00

1

EXTRACTOR COMERCIAL

$9.970,00

$9.970,00

5

FREIDORA

$41.900,00

$209.500,00

7

HORNO 6 MOLDES

$45.100,00

$315.700,00

2

PICADORA ELECTRICA N° 32

$77.000,00

$154.000,00

1

RALLADORA ELECTRICA MUZZARELLA - INDUSTRIAL

$43.500,00

$43.500,00

2

SOBADORA DE MESA INDUSTRIAL

$83.900,00

$167.800,00

 

Artículo 4º: Adjudicar a la firma SAN ESTEBAN NORMA BEATRIZ los siguientes ítems:

 

Cantidad

Descripción

Importe unitario

Importe Total

1

ANAFE 4 HORNALLAS – EG

$44.500,00

$44.500,00

1

HELADERA EXHIBIDORA- FAME

$104.700,00

$104.700,00

3

HORNO 12 MOLDES- (SAHO) MORELLI

$49.000,00

$147.000,00

1

JUGUERA FINESCHI

$19.500,00

$19.500,00

1

LICUADORA- TURBOBENDER

$31.000,00

$31.000,00

 

Artículo 5º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a Jurisdicción: 1110114000 –Secretaría de Desarrollo de la Comunidad – Programa: 47.00.00 – Programa Nacional “Banco de Maquinarias, Herramientas y Materiales para la Emergencia Sanitaria” – Fuente de Financiamiento 133 – De Origen Nacional.

 

Artículo 6º: Notificar al adjudicatario y al resto de los oferentes, con arreglo a lo normado en la Ordenanza General 267/80.

 

Artículo 7º: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Oficina de Compras y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.

 

Artículo 8°: El presente decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Desarrollo de la Comunidad.

 

Artículo 9º: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.