Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº2359

Decreto Nº 2359

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 21/10/2021

Visto las presentes actuaciones referidas a la creación de una bonificación por función cremador para el personal dependiente del Departamento Cementerio que desarrollan dichas tareas; el informe emitido a fojas 8; el dictamen legal emitido a fojas 10 por la Subdirección Análisis Legal y Administrativo; el nuevo informe de Subsecretaria de Capital Humano a fojas 11 y 15 y

CONSIDERANDO:

Que trata de establecer una bonificación remunerativa por “Función Cremador”, que se otorgará a los agentes que se encuentran abocados al manejo del crematorio, equivalente al 10% del salario que perciba un trabajador que revista la categoría 6/3A, con 48 horas semanales.-

Que esta Bonificación se crea en pos de la responsabilidad y conocimientos necesarios, para el manejo, cuidado y programación del horno crematorio y en la necesidad de diferenciar las tareas que se desarrollan dentro del Cementerio.-

Que las tareas antes mencionadas se complejiza desde el inicio de la jornada, revisando el funcionamiento, uso y mantenimiento de los equipos.

Que la ejecución de esta labor resulta riesgosa dado que estos agentes se encuentran expuestos a factores altamente contaminantes.-

Que en compensación a dichos riesgos resulta necesario establecer una bonificación especial. 

Que este "Adicional por Función Cremador" comenzará a regir a partir del día 1 de noviembre y mientras el agente involucrado desempeñe dichas funciones. La bonificación será percibida por el trabajador, a excepción de que se encuentre haciendo uso de algunas de las licencias previstas en el art. 40º del Convenio Colectivo de Trabajo, para lo cual el Departamento Cementerio deberá informar debidamente al Departamento Administración de Personal.-

Todo agente que en forma transitoria deba reemplazar a quien perciba la bonificación por función tendrá derecho a percibir en forma proporcional a los días efectivamente laborados tal compensación por función.

Atento a ello; lo dictaminado a fojas 14 por Subsecretaria de Legal y Técnica; que la Subsecretaría de Capital Humano informa que relativo a lo dispuesto por el articulo 33º del Convenio Colectivo de Trabajo, será tema a tratar en la próxima paritaria, y teniendo en cuenta que a fojas 8vta. se encuentra la imputación de Subdirección de Presupuesto y Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

DECRETA

ARTICULO 1º: Establecer la Bonificación Remunerativa por “Función Cremador”, equivalente al 10% de la categoría 06/3A con una carga horaria semanal de cuarenta y ocho (48) horas, para el personal municipal que desempeñe tareas de manejo y programación del horno crematorio.-

ARTICULO 2º: La bonificación por función creada en el Artículo 1° regirá a partir del 1 de noviembre de 2021. Dicha compensación será abonada solo cuando el personal designado cumpla efectivamente la función de cremador.-

ARTICULO 3º: La bonificación acordada precedentemente será percibida por el trabajador, a excepción de que se encuentre haciendo uso de alguna de las licencias previstas en el articulo 40º del Convenio Colectivo de Trabajo, para lo cual el Departamento Cementerio deberá informar debidamente al Departamento Administración de Personal.-

ARTICULO 4º: Todo agente que en forma transitoria deba reemplazar a quien perciba la  bonificación por función tendrá derecho a percibir en forma proporcional a los días efectivamente laborados tal compensación por función.

ARTICULO 5º: De acuerdo a lo establecido en el Art Nº 33 del Convenio Colectivo de Trabajo, el presente decreto será aplicable una vez que sea aprobado en la negociación colectiva paritaria.  

ARTICULO 6º: El gasto que demande la presente bonificación será imputado a la Partida Fuente: 110, Jurisdicción: 1110105000, Cat.Progr. 01.01.00, Gasto: 1.1.3.3.

ARTICULO 7º: Cúmplase, dése al R.O., tomen conocimiento a sus efectos el Departamento Administración de Personal, Dirección General de Electricidad, Alumbrado y Cementerio,  Departamento Cementerio, Subsecretaría de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto,  Contaduría General.