Boletines/Tandil
Decreto Nº 3702/2021
Tandil, 17/11/2021
Visto
La solicitud de reconocimiento de antigüedad presentada por la Médica Sandra Érica Fraifer – Legajo 9.025, por el tiempo desempeñado en el Hospital “Ramón Santamarina” como Residente de Medicina General, Jefa de Residentes y Médica Asistente; como Médica de Planta en Internación Domiciliaria; como Directora de Atención Primaria, Directora de Salud Comunitaria, Subsecretaria de Salud y Vicepresidenta del SISP del Municipio de Tandil; y como Directora Nacional de Salud Familiar y Comunitaria.
Considerando
Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Reconócese el concepto “antigüedad” a la agente Sandra Érica Fraifer – Legajo 9.025, por haberse desempeñado en el Hospital “Ramón Santamarina” como Residente de Medicina General desde el 1° de junio de 1994 hasta el 31 de mayo de 1997, como Jefa de Residentes desde el 1° de junio de 1997 hasta el 31 de mayo de 1998, y como Médica Asistente desde el 6 de diciembre de 2007 hasta el 16 de diciembre de 2009; como Directora de Atención Primaria de la Salud del Municipio desde el 17 de diciembre de 2009 hasta el 30 de abril de 2011; como Subsecretaria de Salud del Municipio desde el 1° de mayo hasta el 9 de diciembre de 2011; como Médica de Planta en el área de Internación Domiciliaria desde el 4 de mayo hasta el 9 de diciembre de 2015; como Directora de Salud Comunitaria del Municipio desde el 10 de diciembre de 2015 hasta el 12 de diciembre de 2016; como Vicepresidenta del SISP desde el 13 de diciembre de 2016 hasta el 17 de diciembre de 2017; y como Directora Nacional de Salud Familiar y Comunitaria desde el 8 de enero hasta el 7 de marzo de 2018, y desde el 12 de abril de 2018 hasta el 9 de enero de 2020; como base para incrementar su antigüedad en relación con el grado escalafonario por un total de diez (10) años, siete (7) meses y dieciocho (18) días, y en relación con la bonificación por antigüedad por un total de ocho (8) años, seis (6) meses y dieciséis (16) días, a partir del 1° de noviembre de 2021.
Artículo 2°: Reencasíllese a la agente referida como Médica de régimenfull timeen la categoría 13 – 48 horas semanales, a partir del 1° de noviembre de 2021.
Artículo 3°: Las erogaciones resultantes impútense a las partidas Jurisdicción 1120000002 – Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 21.00.00 – Salud Comunitaria, 21.04.00 – Administración y Conducción, Fuente de Financiamiento 110 – Tesoro Municipal, 1.0.0.0 – Gastos en Personal, 1.1.0.0 – Personal Permanente,1.1.1.0 – Retribuciones del cargo, 1.1.1.3 – Personal Profesional, 1.1.3.0 – Retribuciones que no hacen al cargo,1.1.3.1 – Por Antigüedad, 1.1.5.0 – Otros Gastos en Personal, 1.1.5.2 – Bloqueo de Título, 1.1.5.7 – Bonificación Especial, del presupuesto de gastos vigente.
Artículo 4°: Déjase sin efecto el Decreto N° 3333/2015 a partir del 1° de noviembre de 2021.
Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Gastón Morando (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia