Boletines/Tandil
Decreto Nº 3644/2021
Tandil, 11/11/2021
Visto
La Ordenanza N° 16.866, prorrogada por las Ord. 16.970, 17.066 y 17.133, y la situación epidemiológica actual del Partido de Tandil en relación al coronavirus Covid-19; y
Considerando
Que se ha sancionado en fecha 17 de marzo de 2020 la Ordenanza N° 16.866 que declara la emergencia sanitaria en el Partido de Tandil, prorrogada en todos sus términos por medio de la Ordenanza N° 17.133.
Que el art. 14 de la Ordenanza N° 16.866 autoriza al Departamento Ejecutivo mientras dure la vigencia de dicha norma a realizar las modificaciones que estime razonables en materia de frecuencias, horarios y recorrido del Servicio de Transporte Público de Pasajeros.
Que lo aquí dispuesto no obsta a que en aras de garantizar la eficacia y eficiencias del acatamiento normativo, puedan establecerse nuevas medidas de acuerdo a los acontecimientos que se vayan suscitando.
La Resolución N°312/2021 del Ministerio de Trasporte de la Nación, a cuyos términos a adherido la Subsecretaria de Trasporte de la Provincia de Buenos Aires.
Que en el marco de las facultades legalmente atribuidas (arts. 5 y 123 de la Constitución Nacional, arts. 190 y cctes. de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, arts. 1, 107, 108 y cctes. de la Ley Orgánica de las Municipalidad) resulta necesario el dictado de este acto administrativo.
Por todo ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Dispóngase para el domingo 14 de noviembre del corriente año que la frecuencia para el Trasporte Público Urbano de Pasajeros de Tandil, será cada 20 minutos de 7:00 hs a las 22:00 hs como es la establecida para los días sábado según el DECTO-2021-2966-EMUNITAN-INT.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 3º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota el Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, Dirección General de Inspección y Habilitaciones, Dirección de Control Urbano Vehicular, Dirección de S.U.M.O y oportunamente archívese.
Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Gobierno - Intendencia