Boletines/Tandil

Decreto Nº3643/2021

Decreto Nº 3643/2021

Tandil, 11/11/2021

Visto

La solicitud de designación en carácter de pasante del alumno Guillermo Daniel González, efectuada por la Secretaría Legal y Técnica; 

Considerando

Los informes producidos por la Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General, y la Dirección de Presupuesto.

Por todo ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Designase al alumno Guillermo Daniel González -DNI 40.020.068- en carácter de pasante, en el marco del convenio suscripto con la Universidad Fraternidad de Agrupaciones Santo Tomás de Aquino (UFASTA), con retroactividad al 18 de Octubre de 2021 y hasta el día 17 de Abril de 2022 –seis meses-, para desempeñarse en el Juzgado de Faltas N° 1 –Secretaría Legal y Técnica-, con una carga horaria de veinte (20) horas semanales.

Artículo 2º: El nombrado percibirá una asignación estímulo mensual equivalente al 66,67% de la remuneración bruta de la categoría 4 ingresante administrativo, régimen de 30 hs semanales, del escalafón municipal vigente, suma que no estará sujeta a aportes ni contribuciones con destino a la seguridad social, asumiendo la Comuna exclusivamente la cobertura de riesgos por accidente de trabajo y de la Obra Social, según lo establece la cláusula séptima del Acuerdo Individual de Pasantías.

Artículo 3º: El egreso respectivo impútese a la partida 5.1.3.2 “Becas - Pasantías de Personal” y demás específicas del inciso Gastos en Personal, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero,1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.10– Secretaría Legal y Técnica, Programa 19 –Administración de Justicia de Faltas, Actividad 01 –Administración de Justicia de Faltas 1, del Presupuesto de Gastos vigente para el corriente ejercicio.

Artículo 4°: Insístase ante Contaduría General la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 6°: Regístrese, notifíquese por el Juzgado de Faltas N° 1 –Secretaría Legal y Técnica-, tomen conocimiento la Dirección de Presupuesto, Contaduría General y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo.

Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario)      -      Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                                 Secretaría de Gobierno                   -                  Intendencia