Boletines/Chascomús

Resolución Nº239/21

Resolución Nº 239/21

Chascomús, 05/11/2021

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-153276/A caratulado “Solicitud cambio de contribuyente y prescripción deuda tributaria. Partida Nº 12375”, iniciado por ALMIRON, Josefina; y

Considerando

Que la peticionante solicita la prescripción de la deuda por Tasas Municipales de la Partida 12375 quien resulta ser propietaria según Boleto de Compra – Venta, el cual se adjunta.-

Que se ha constatado que surge de los registros municipales deuda por Tasa de Servicios Generales desde 01/1992 hasta 06/2014, encontrándose inscripto como contribuyente municipal DUARTE, Jorge Victor.-

Que la prescripción de las tasas municipales e impuestos provinciales opera a los 5 años (art. 278 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y art. 2.560 del Código Civil y Comercial de la Nación).-

Que en el mismo sentido se ha expedido en el Expte. 5300 – 2981/03 el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.  Es decir, que la prescripción de las tasas municipales opera a los cinco años.-

Que sin perjuicio de lo expuesto, es importante destacar que en el artículo 65º de la Ordenanza Fiscal vigente, se indica que: “…la prescripción de las facultades y poderes de la Municipalidad para determinar las obligaciones fiscales y exigir el pago de las mismas, se interrumpe: a) Por el reconocimiento por parte del contribuyente o responsable de su obligación b) Por cualquier acto administrativo o judicial tendiente a obtener el pago.

Que atento a que no se han verificado dichas circunstancias y en virtud de lo establecido en el artículo antes citado y el artículo 2560 del Código Civil y Comercial de la Nación, deberá reconocerse la prescripción de las deudas relacionadas a la Partida 12373 por Tasa de Servicios Generales  desde el periodo 01/1992 hasta 06/2014 inclusive.

En consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que podrá hacerse lugar al cambio de contribuyente de Tasas Municipales respecto de la Partida Inmobiliaria Nº 12375 consignándose como tal a la Sra. ALMIRON, Josefina Valeria, DNI Nº 34.760.748, (conf. Art. 110 de la Ordenanza Fiscal) con domicilio en calle Santa Rita Nº 181, de la ciudad de Chascomus, provincia de Buenos Aires y con domicilio fiscal electrónico constituido, almironjosefina7@gmail.com y al Sr. IÑURRIETA, Eduardo Antonio, DNI Nº 30.827.885 (conf. Art. 110 de la Ordenanza Fiscal) con domicilio fiscal electrónico constituido almironjosefina7@gmail.com , como así también hacer lugar a la prescripción de deuda por Tasa de Servicios Generales solicitada desde el periodo 01/1992 hasta la cuota 6ª/2014 inclusive.-

Por ello, los Señores Secretarios de Secretarios de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) en forma conjunta en uso de sus atribuciones:

RESUELVEN

ARTICULO 1°.- Hacer lugar a la solicitud de cambio de contribuyente de las tasas municipales que gravan al inmueble identificado con la Partida Inmobiliaria N° 12375 consignándose como tal a la Sra. ALMIRON, Josefina Valeria, DNI Nº 34.760.748, (conf. Art. 110 de la Ordenanza Fiscal) con domicilio en calle Santa Rita Nº 181, de la ciudad de Chascomus, provincia de Buenos Aires y con domicilio fiscal electrónico constituido, almironjosefina7@gmail.com y al Sr. IÑURRIETA, Eduardo Antonio, DNI Nº 30.827.885 (conf. Art. 110 de la Ordenanza Fiscal) con domicilio fiscal electrónico constituido almironjosefina7@gmail.com.-

ARTICULO 2°.- Reconocer la prescripción solicitada por deuda de la Tasa de Servicios Generales del inmueble citado en el artículo anterior desde la cuota 01/1992  hasta la cuota 6/2014 inclusive.-

ARTICULO 3°.- Modifíquese la deuda registrada en la cuenta corriente de  la partida referida en los artículos anteriores

ARTICULO 4°.- Notifíquese en forma digital a Dirección de Catastro, Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos, Legales, peticionante al domicilio fiscal electrónico constituido.-

ARTICULO 5º.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y  archívese.-