Boletines/Chascomús
Ordenanza Nº 5597/21
Chascomús, 18/11/2021
VISTO:
El Contrato de comodato celebrado con el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA) Seccional Chascomús; y
CONSIDERANDO:
Que se suscribe un contrato de comodato con la entidad, en la que esta cede una parte de sus instalaciones ubicada en calle Chacabuco N° 92 de la ciudad y partido de Chascomús.-
Que el espacio cedido será destinado para el dictado de clases del Jardín Maternal “Clarisa Amezaga”, de las salas de lactantes, deambuladores y dos años, de lunes a viernes, en el horario de Turno Mañana de 8 a 11.30 hs y Turno Tarde de 12.30 a 16 hs.-
Que el Municipio asume en forma exclusiva el pago de todos los servicios actuales –Luz y Gas- o los que pudieran incorporarse en el futuro en el inmueble, durante todo el tiempo de vigencia del Comodato, como producto de este.-
Que el comodato se constituye por el término de dos meses y 13 días, contados a partir del 18 de Octubre 2021, venciendo indefectiblemente el día 31 de Diciembre de 2021, y solo podrá ser prorrogado por acuerdo de ambas partes celebrado por escrito.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente.
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Convalídese en todas sus partes, el Contrato de Comodato suscripto con el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA) Seccional Chascomús, CUIT 30-53102579-9, de fecha 18/10/2021. Art. 41° de la LOM.-
ARTICULO 2°.- De Forma.-