Boletines/Chascomús
Decreto Nº 839/21
Chascomús, 26/11/2021
AUTORIZACIÓN GASTOS
Visto
La edición número 25 de la FIT 2021 (Feria Internacional de Turismo de América Latina) a desarrollarse los días 4, 5, 6 y 7 de Diciembre en el predio de La Rural de Palermo; y
Considerando
Que uno de los objetivos planteados por la Secretaría de Planificación Turismo es la participación en todas las Ferias y Workshops Turísticos más importantes del país según el Calendario de Ferias 2021.
Que la FIT constituye uno de los encuentros de comercialización turística de alcance provincial, nacional e Internacional donde se reúnen los principales operadores y destinos turísticos junto a un importante número de público general que visita la feria.
Que la Secretaría de Planificación y Turismo representará a nuestro destino en un espacio dentro del stand de la Sub Secretaría de Turismo de la provincia de Buenos Aires.
Que esta Feria constituye uno de los principales eventos de promoción y difusión turística en donde se reúnen agentes, empresas turísticas y público en general concentrando un importante número de visitantes.
Que la representación de Chascomús como Destino Turístico en la FIT 2021 demandará el traslado de personal, viáticos, ceremonial y demás para el normal desarrollo del evento de los cuatro (4) días que durará el mismo.
Por ello, el Señor Intendente municipal que suscribe, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Autorícese a la Secretaría de Planificación y Turismo a efectuar los gastos necesarios y costos destinado a cubrir traslado, viáticos del personal, estacionamiento, material de promoción, indumentaria del personal etc., para la participación de la Municipalidad de Chascumús en la Feria Internacional de Turismo 2021.-
ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, impútese a la Jurisdicción 1110115000- Secretaría de Planificación y Turismo, Categoría Programática 52.02.00, Fuente de Financiamiento 110.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Secretaría de Planificación y Turismo, Contaduría y Tesorería.-.-
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y el Señor Secretario de Planificación y Turismo Interino (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-