Boletines/Chascomús
Decreto Nº 789/21
Chascomús, 05/11/2021
AUTORIZAR ADICIONAL DE OBRA
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-154254/M Alcance 2 caratulado “Adicional de obra Repavimentación Boulevard Brazzola calzada sur L. Pub 14/21”; y
Considerando
Que a través del expediente principal, desde la Secretaría de Obras, se tramitó la ejecución de la obra de “Repavimentación Boulevard Brazzola calzada sur”.
Que la misma fue adjudicada a la firma PILICO CONSTRUCCIONES S.A., mediante la Licitación Pública Nº 14/21.
Que conforme surge de la Memoria Descriptiva agregada al expediente administrativo referido al comenzar a ejecutar los primeros ítems de la obra se detectó respecto del ítem N° 1 el valor a ejecutar debe ser mayor que el contratado, como así también en referencia a los ítems N° 2, 3 y 4.
Que el valor de las tareas y materiales necesarios asciende a la suma de Pesos Seiscientos Cincuenta y Ocho Mil Novecientos Tres con 15/100 ($658.903,15).
Que habiéndose celebrado el contrato por la suma de Pesos Nueve Millones Quinientos Setenta y Cuatro Mil Seiscientos Cuarenta y Tres con Seis Centavos ($9.574.643,06) el valor de las tareas adicionales representa menos del 7% del importe contratado.
Que la ampliación requerida se encuentra prevista dentro de la disposición del artículo 146 de la Ley Orgánica de las Municipalidades que permite al Departamento Ejecutivo disponer aumentos, reducciones de ítems contratados o creación de nuevos ítems cuyo valor no exceda en conjunto el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato, los que serán obligatorios para el contratista.
Que, en virtud de lo expuesto, la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que podrá el D.E. autorizar el adicional de obra consistente en 624 m3 del volumen del ítem N° 1 y de 260 m2 de los ítems N° 2, 3 y 4, de conformidad con lo prescripto por el art. 146 de la LOM, debiendo dictarse el acto administrativo correspondiente.
Por ello, el Señor Intendente municipal que suscribe, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Autorícese un adicional de obra por la suma de Pesos Seiscientos Cincuenta y Ocho Mil Novecientos Tres con 15/100 ($658.903,15) para la ejecución de los trabajos indicados en el exordio por la firma PILICO CONSTRUCCIONES S.A.-
ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútesea la Jurisdicción 1110119000, Categoría Programática 44.79.00, partida del gasto que corresponda, Repavimentación Boulevard Brazzola Calzada Sur - Fuente 110 – Tesoro Municipal.
ARTICULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Contaduría, Tesorería, Oficina de Compras, Dirección de Presupuesto y a PILICO CONSTRUCCIONES SA.-
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras y Servicios (Sebastian Barthe Placenave) y el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-