Boletines/Chascomús
Decreto Nº 781/21
Chascomús, 04/11/2021
SUBSIDIO ESCUELAS RURALES
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-155914/L caratulado: “Fiesta de las escuelas rurales 2021”, iniciado por LACHAISE María José; y
Considerando
Que se presenta la Sra. María José Lachaise DNI Nº 25.041.549, como representante de una comisión organizativa “ad hoc”, solicitando un subsidio a los fines de realizar la Fiesta de las Escuelas Rurales, en su 3ra edición, a realizarse el día 5 de Diciembre del corriente año.
Que dicha fiesta, constará de actividades tales como jineteada, entretenimientos camperos, almuerzo criollo, prueba de riendas, desafíos entre caballos, motos y cuatriciclos, entre otros.
Que el subsidio peticionado, alcanzaría a cubrir los gastos de organización de la fiesta; la cual tiene como finalidad reunir fondos para las escuelas rurales del distrito de Chascomús, entre ellas se citan: E. Nº 4 Paraje Los Jagüeles, E. Nº 7 Paraje Adela, E. Nº 14 Paraje El Espartillar, E. Nº 16 Paraje El Recreo, E. Nº 19 Paraje 9 de Julio, E. Nº 20 Paraje Don Cipriano, E. Nº 21 Paraje Gándara, E. Nº 25 Paraje Valle Santa Ana, E. Nº 26 Paraje San Gregorio, E. Nº 27 Paraje Comandante Giribone, E. Nº 31 Barrio Parque Girado, y E. Nº 41 Paraje San Ceferino.
Que la municipalidad de Chascomús a través de la Subsecretaría de Cultura, Planificación estratégica y Relaciones con la comunidad, promueve un Programa municipal de Fiestas y Festivales; el cual tiene como génesis dar sentido a la construcción colectiva de un imaginario para crear identidad cultural.
Que es un compromiso de la gestión pública promover acciones de solidaridad, siendo esta oportunidad un ejemplo de ello.
Por ello, el Señor Intendente municipal que suscribe, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Declárese de Interés Cultural de la Intendencia de la Municipalidad de Chascomús la realización de la 3ra edición de la Fiesta de las Escuela Rurales que se llevará a cabo el día 5 de Diciembre del corriente año, de conformidad con lo expuesto en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Otórguese un subsidio por el valor de PESOS SESENTA MIL ($60.000) a los organizadores de la Fiesta de las Escuelas Rurales en la 3ra edición; autorizándose a la percepción del mismo a LACHAISE María José DNI 25.041.549 –como representante de la comisión- debiendo depositarse la suma correspondiente en la Cuenta del Banco de la Provincia de Buenos Aires CBU 0140331003694250775244; sin cargo de reintegro y sujeto a rendición de cuentas.-
ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto impútese a la Jurisdicción 1110115000; Categoría Programática 56.00.00; Partida de Gasto 5.1.4.; fuente de financiamiento 110.-
ARTICULO 4°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Subsecretaría de Cultura, Contaduría, Tesorería, y beneficiarios.-
ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y el Señor Secretario de Planificación y Turismo (Leandro Otondo).-
ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-