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Decreto Nº1789

Decreto Nº 1789

Bolivar, 11/06/2021

Visto

El Expediente N° 4013-336/21 por el cual se propicia el llamado a la Licitación Privada N° 20/2021 para la adquisición de Alimentos y;

 

Considerando

Que por Decreto Nº 1616 de fecha 01 de Junio del corriente se aprobó el llamado a la Licitación Privada Nº 20/2021 para la adquisición de Alimentos con un presupuesto oficial de pesos Tres Millones Setecientos Veinticinco Mil Cincuenta con 00/100 ($3.725.050,00);

 

Que se han cursado Cinco (5) invitaciones a comerciantes del ramo inscriptos en el Registro de Proveedores, a las firmas: ALBANESSE CARLOS MAURICIO, ACTUAL ALIMENTOS BOLÍVAR S.R.L, VILLACORTA IGNACIO ROBERTO, COOPERATIVA OBRERA LIMITADA DE CONSUMO Y VIVIENDA  y  CALDERON CARLOS ALBERTO;

 

Que se recibieron cinco (5) ofertas válidas según surge del Acta de Apertura del día 10 de Junio de 2021 de los proveedores ACTUAL ALIMENTOS BOLÍVAR S.R.L, ALBANESSE CARLOS MAURICIO, VILLACORTA IGNACIO ROBERTO, COOPERATIVA OBRERA LIMITADA DE CONSUMO Y VIVIENDA y CALDERON CARLOS ALBERTO;

 

Que analizadas las ofertas elevadas a tal efecto y teniendo en cuenta el informe emanado de la Oficina de Compras, es conveniente adjudicar cada uno de los ítems por separado;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 154° de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

 

Por ello;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

 

DECRETA

Artículo 1º: Aprobar la Licitación Privada Nº 20/2021 llevada a cabo el día 10 de Junio de 2021, para la adquisición de alimentos.

 

Artículo 2º: Declarar admisibles las propuestas presentadas por los proveedores ACTUAL ALIMENTOS BOLÍVAR S.R.L, ALBANESSE CARLOS MAURICIO, VILLACORTA IGNACIO ROBERTO, COOPERATIVA OBRERA LIMITADA DE CONSUMO Y VIVIENDA y CALDERON CARLOS ALBERTO por ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.

 

Artículo 3º: Adjudicar a la firma CALDERON CARLOS ALBERTO los siguientes ítems:

 

 

Cantidad

Descripción

Importe unitario

Importe Total

3500

ARROZ X 1 Kg - YATAY

$66,00

$231.000,00

3500

MERMELADA X 400 Grs POTE- EMET

$45,90

$160.650,00

3500

FIDEO SECO- FIDEO GUISERO X ½ Kg- VOLCAN / DISTEL

$31,90

$111.650,00

3500

FIDEO SECO- FIDEO TALLARIN X ½ Kg VOLCAN / DISTEL

$31,90

$111.650,00

3500

LENTEJAS X 400 Grs- CAJA O LATA – DOÑA PUPA

$58,90

$206.150,00

3500

PURE DE TOMATE X 350 Grs – DOÑA PUPA

$37,80

$132.300,00

 

 

Artículo 4º: Adjudicar a la firma ACTUAL ALIMENTOS BOLÍVAR S.R.L los siguientes ítems:

 

 

Cantidad

Descripción

Importe unitario

Importe Total

3500

ARVEJAS X 400 Grs REMOJADAS EN CONSERVA – CAJA O LATA – MAROLIO

$28,75

$100.625,00

 

 

Artículo 5º: Adjudicar a la firma COOPERATIVA OBRERA LIMITADA DE CONSUMO Y VIVIENDA los siguientes ítems:

 

 

Cantidad

Descripción

Importe unitario

Importe Total

3500

HARINA DE TRIGO COMUN X 1 Kg – P. PRECIO

$38,98

$136.430,00

3500

ACEITE COMESTIBLE- ACEITE X 90 CC – MEZCLA- FAMILIAR

$129,00

$451.500,00

 

 

Artículo 6º: Adjudicar a la firma ALBANESSE CARLOS MAURICIO los siguientes ítems:

 

 

Cantidad

Descripción

Importe unitario

Importe Total

3500

AZUCAR X 1 Kg

$51,00

$178.500,00

3500

YERBA MATE X 500 Gs – CHAMIGO O LA HOJA

$119,00

$416.500,00

3500

LECHE EN POLVO X 400 Grs

$165,00

$577.500,00

 

 

Artículo 7º: El gasto que demande el artículo 1° será atendido con cargo a las siguientes partidas:

  • Jurisdicción: 1110114000 – Secretaría de Desarrollo de la Comunidad - 21.00.00 Asistencia Social Directa- 21.00.00 Asistencia Social Directa- 21.03.00 Fondo Fortalecimiento Programa Social Ley 13163–Fuente de Financiamiento 132 – de Origen Provincial.

 

Artículo 8º: Notificar al adjudicatario y al resto de los oferentes, con arreglo a lo normado en la Ordenanza General 267/80.

 

Artículo 9º: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Oficina de Compras y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.

 

Artículo 10°: El presente decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Desarrollo de la Comunidad.

 

 

 

 

Artículo 11º: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.