Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 13547/2021
Quilmes, 10/11/2021
VISTO: el Expediente N° HCD-O-2-28042-2020;
CONSIDERANDO:
Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 13.547/2021 en la Sesión Ordinaria realizada el día 26 de Octubre del 2021, cuyo texto expresa:
VISTO
El Expediente. Nº 2-28042-HCD-2020, presentado por el Concejal ARIEL BURTOLI. Ref.: La necesidad de garantizar que la Ciudad de Quilmes sea accesible para aquellas personas que presenten una discapacidad. Sea esta de tipo visual, motriz, o cognitiva, y
CONSIDERANDO
Que el Estado debe asegurar el acceso de las personas con discapacidad en igualdad con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones.
Que es imprescindible ofrecer formas adecuadas de asistencia para las personas con discapacidad para asegurar su acceso a la información.
Que es fundamental entender que existen varios tipos de discapacidad y se necesita que la Ciudad sea accesible para la persona que presenta una discapacidad sea esta de carácter visual, motriz o cognitiva.
Que es necesario contar con elementos para que se logre la orientación espacial y anticiparles de ese modo a las personas con autismo los espacios próximos que se encuentran en la Ciudad.
Que los elementos que ayudan a la accesibilidad de la Ciudad benefician a personas con discapacidad mental intelectual o en desarrollo (TEA), personas con enfermedad mental, personas que no saben leer, personas mayores, personas que no conocen el idioma.
Que es un pedido justo, que fue solicitado por TGD padres Tea Quilmes Red Federal, con el fin lograr que el Partido de Quilmes sea un lugar con accesibilidad para todos sus habitantes.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA
ORDENANZA
ORDENANZA Nº 13547/2021
ARTICULO 1°: PROCEDASE a desarrollar y supervisar normas mínimas que posibiliten la accesibilidad de las personas que presentan una discapacidad, sea esta de índole visual, motriz o cognitiva, a los edificios públicos, las instalaciones públicas y los espacios abiertos al público o los de usos públicos.
ARTICULO 2°: PROCEDASE a la implementación de pictogramas de comunicación aumentativa y alternativa, en las instalaciones públicas, edificios públicos y en los espacios abiertos al público o de uso público.
ARTICULO 3°: PROCEDASE a la implementación de señalización en Braille en formato de fácil lectura y comprensión en las instalaciones públicas, edificios públicos y en los espacios abiertos al público o de uso público.
ARTICULO 4°: PROCEDASE a asegurar que los Entidades Privadas que proporcionan instalaciones, edificios y brindan servicios abiertos al público o de uso público, tengan en cuenta y cumplan, con los aspectos pertinentes para la accesibilidad de las personas con discapacidad visual, motriz o cognitiva.
ARTICULO 5º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.
QUILMES, 26 de Octubre de 2021.
Fdo. FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D.
MIRIAM J. ARBERT, Secretaria Legislativa del H.C.D.
Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 y modificatorias vigentes);
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º: PROMÚLGASE la Ordenanza N° 13.547/2021 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 26 de Octubre del 2021.-
ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3º: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-
ALEJANDRO E. GANDULFO MAYRA S. MENDOZA
JEFE DE GABINETE INTENDENTA
MUNICIPALIDAD DE QUILMES MUNICIPALIDAD DE QUILMES
CLAUDIO H. CARBONE
Secretario Legal y Técnico
MUNICIPALIDAD DE QUILMES
DECRETO 3845/2021