Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº2192/21

Decreto Nº 2192/21

San Andrés de Giles, 30/08/2021

Visto

   Las actuaciones realizadas oportunamente por la Municipalidad respecto de la posibilidad de depositar fondos a plazo fijo en el Banco de la Provincia de Buenos Aires; y

Considerando

  Que dichas actuaciones se originan  en el informe de la  sucursal local de la mencionada entidad Bancaria  enviado a la Municipalidad dando cuenta que la entidad bancaria  madre ofrece  a las Municipalidades de la Provincia una tasa de imposiciones en los depósitos a plazo fijo;

Que concretar dicha posibilidad sería de gran utilidad para la Comuna, al generar importantes ingresos que se reinsertarían para atender las necesidades de la comunidad;

 Que la Ley Provincial Nº 13.164, en su artículo 2º, establece que “Los Municipios podrán acordar con el Banco de la Provincia de Buenos Aires la realización de operaciones de colocación de dinero a plazo, bajo las condiciones y tasas que fijen de común acuerdo;

Que la mencionada ley deroga y reemplaza a la ley 10.753.    

 Que, al respecto, han emitido su opinión la señora Contadora Municipal Interina y el señor Asesor Letrado Municipal Interino

Que constituye una decisión de este Departamento Ejecutivo impulsar la colocación de fondos municipales en el Banco de la Provincia de Buenos Aires a plazo fijo, por ser una herramienta de administración legalmente admitida y por generar la misma un beneficio financiero de significación;

Que, a tal fin, se dicta el presente acto administrativo con el objeto de autorizar la imposición de que se trata;

 Que el artículo 187 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, contempla la situación planteada;

Que a través del Decreto Nº 1939 , el Departamento Ejecutivo dispuso con fecha    30 de julio   del año en curso , la colocación en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, de fondos provenientes de rentas generales que integran los recursos ordinarios, por un monto de pesos veinte millones ($ 20.000.000,-) a plazo fijo por treinta días (30)  días, a la tasa de imposiciones ofrecida por la referida entidad bancaria.

Que deviene posible y procedente la renovación de la mencionada operación.

                       

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, el Intendente Municipal.

D E C R E T A

 

Artículo 1º: Autorizar  a las áreas competentes de la Municipalidad ,a la renovación en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, de fondos provenientes de rentas generales que integran los recursos ordinarios, por un monto de pesos veinte millones ($ 20.000.000,-) ,del plazo fijo por treinta (30)días  a la tasa de imposiciones ofrecida por la referida entidad bancaria, con vencimiento el día 29 de septiembre  de 2021.

 

Artículo 2º: Los recursos obtenidos en concepto de intereses ingresarán –según los Clasificadores Presupuestarios por Recursos por Rubro previstos por aplicación del Decreto Provincial Nº 2980/00, reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires- por la Cuenta Jurisdicción 1110100000 – Departamento Ejecutivo, Subjurisdicción 1110116000 – Sec. De Coord. Planeamiento y Control de Gestión, Rubro: Tipo 16 – Rentas de la Propiedad, Clase 2 – Intereses por Depósitos, Concepto 01 – Intereses por Depósitos Internos, Subconcepto 01 – Régimen Intereses – Ley 13.164, del Cálculo de Recursos vigente.

 

Artículo 3º: A través del presente acto administrativo, la Contaduría, la Tesorería Municipal, y los funcionarios que –en razón de sus cargos- deban intervenir en dicha operatoria, quedan facultados a realizar las tramitaciones, registraciones y actuaciones que resultaren pertinentes y a suscribir la documentación necesaria para su concreción

 

Artículo 4º: Regístrese, notifíquese a Contaduría y Tesorería y dese a conocimiento de quienes corresponda. Cumplido archívese.