Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 2141/21
San Andrés de Giles, 24/08/2021
Visto
La solicitud cursada por el Sr. RICARDO R. ROSSI, en su carácter de propietario del inmueble designado catastralmente como: Circ. I, Secc. A, Mz. 95 Pc. 2 del Partido de S.A. de Giles que fuera registrada en la Mesa de Entradas de la Municipalidad bajo el Nº 4101-11408/21; y
Considerando
Que el requirente, solicita la exención del pago de la tasa por servicios urbanos, por los períodos 2018 y 2019 respectivamente.
Que funda su requerimiento, en la circunstancia que el inmueble aludido, ha sido declarado – a través de la ordenanza nº 39/21, “bien perteneciente al patrimonio cultural de esta ciudad, en la categoría valor artístico/ histórico/ simbólico.”
Que la ordenanza Nro. 12/21 , establece que se eximirá del pago de dicha Tasa a los contribuyentes que no habiendo solicitado oportunamente la exención, se hubieran allado en condiciones de hacerlo, conforme los términos de dicha ordenanza.
Por ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1ro. Eximir del pago de la Tasa por Servicios Urbanos al inmueble designado catastralmente como Circ. I. , Secc. A, Mz. 95, Pc. 2, Partida Municipal nº 21415 , propiedad del Sr. Ricardo Rossi, por los siguientes ejercicios fiscales:
Año 2018 Cuotas 3 y 4
Año 2019 Cuotas 1,2,3 y 4.
ARTICULO 2do.; Registrar, comunicar a la Entidad peticionante, a la Dirección de Recaudación a la Oficina de Sistemas , publicar y archivar la presente norma.