Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 2097/21
San Andrés de Giles, 18/08/2021
Visto
El contrato de locación de obra suscripto entre La Municipalidad representada por el señor Intendente Municipal y el Dr. Gustavo Adrián Robledo (Médico Otorrinolaringólogo ) , cuyo objeto es la realización por parte del mencionado profesional de la atención de pacientes y prácticas, en el Hospital Municipal San Andrés, en su especialidad, en el diagnóstico y tratamiento de patologías, intervenciones quirúrgicas que resulten necesarias y seguimiento pos operatorio. -
Que el mencionado instrumento contractual fue convalidado mediante Decreto Nº 1926/2021;y
Considerando
Que en esa oportunidad han sido fijados los valores que por tal concepto se debe abonar al profesional nombrado;
Que actualmente los citados valores han quedado desactualizados .
Que habiéndose evaluado las posibilidades en relación a la disponibilidad de recursos, se ha fijado un incremento en el monto del contrato mencionado , aplicable a partir del 1 de agosto de 2021 , habiendo suscripto las partes a tal fin , una cláusula modificatoria de la cláusula tercera del acuerdo original;
Por ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Convalidar la cláusula modificatoria del contrato de locación de obra oportunamente convalidado por Decreto Nº 1926 /2021, suscripta entre el Sr Intendente Municipal y el Dr. Gustavo Adrián Robledo (Médico Otorrinolaringólogo ), donde se acuerdan nuevos valores en el monto que se le abona por la prestación brindada, aplicables , a partir del 1º de agosto de 2021.
ARTICULO 2º: Sustituir a partir del 1º de agosto de 2021, el texto del Anexo I del Decreto Nº 1926/21 por el figura como Anexo I del presente Decreto y se consigna al pie de la cláusula modificatoria mencionada en el artículo 1º.
ARTICULO 3º: Los gastos que demande a la Municipalidad el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el acuerdo celebrado se imputarán a la siguiente cuenta presupuestaria:
Jurisdicción 1110100000: Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción: 1110107000: Secretaria de Salud
Categoría Programática 70: Prestación de Servicios en el Hospital Municipal San Andrés
Actividad 01: Servicios de Salud en el Hospital Municipal
Inciso 3: Servicios no personales
Partida Principal 4: Servicios Técnicos y Profesionales
Partida Parcial 2: Médicos y Sanitarios.
ARTICULO 4º: Registrar. Comunicar a quién corresponda, publicar y archivar.-
CLAUSULA MODIFICATORIA DE CONTRATO
suscribe la presente cláusula- que es modificatoria de contrato de locación de obra convalidado oportunamente por Decreto Nº 1926 /2021- entre, por una parte la Municipalidad de San Andrés de Giles representada en este acto por el Cr. Carlos Javier Puglelli DNI Nº 24.795.966 en su carácter de Intendente Municipal , con domicilio en calle Moreno Nro. 338 de la ciudad de San Andrés de Giles en adelante denominada LA MUNICIPALIDAD y la otra el Dr. Gustavo Adrián Robledo DNI Nro. 17.462.384 CUIT N° 20-17462384-9 Responsable Monotributo, que fija su domicilio en la calle Alsina N° 788 de la ciudad de Luján Provincia de Buenos Aires, Matrícula Nacional Nº 86667 Matrícula Provincial Nº54585 en adelante denominado EL Médico, individualmente como "parte" o en forma conjunta denominadas “las partes”------------------------------ Las Partes convienen sustituir a partir del 1 de agosto del año 2021 el texto de la cláusula cuarta del contrato celebrado el día 1 de julio de 2021, convalidado por Decreto Municipal Nº 1926 /2021 por el siguiente texto “CUARTO.Como contraprestación a la atención , prácticas e intervenciones que brinde y realice EL MEDICO, LA MUNICIPALIDAD se compromete a pagar por cada uno de los mismos un costo individual acorde con lo que surge en el detalle del anexo I que se acompaña y que forma parte del presente donde los códigos de las prácticas señaladas corresponden al Nomenclador Nacional de Prestaciones y los honorarios se encuentran calculados al valor Galeno x 4, según lo acordado en la Asociación Médica de Luján para un médico categoría B(FEMEBA). El importe total a abonar por el conjunto de los estudios, prácticas, atenciones e intervenciones realizados para cada mes de contrato, en ningún caso podrá ser superior a la suma de Pesos CUARENTA y UN MIL ( $ 41.000) . En el supuesto que la cantidad de estudios, prácticas, atenciones e intervenciones realizados en el mes supere el monto equivalente a la suma indicada , dicho remanente quedará a favor de LA MUNICIPALIDAD no teniendo EL MEDICO derecho a reclamo alguno a aquella. La facturación se hará mes vencido y el pago deberá estar disponible dentro de los 10 días corridos desde la fecha de la presentación de la factura. - Las partes acuerdan que la presente cláusula adicional no modifica el plazo de vigencia ni las demás cláusulas y condiciones establecidas en el contrato original convalidado por Decreto Nº 1926/2021.-
- - De conformidad se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha mencionados supra.--------------------------------------------------------------------
ANEXO I, del Decreto Nº 2097/2021
Interconsultas……………………………………….código 41.01.01 $ 330.-
2. Endoscopías diagnósticas rino faringo laríngea...código 28.01.06. $1.641.-
3. Cirugías de la especialidad según disponibilidad de quirófano y anestesista incluye
Adenoamigdalectomia……………………………...código 03.13.01 $ 4.097.-
miringotomía con o sin colocación de diábolos…código 03.02.03 $ 4.097
miringoplastias………………………………………código 03.02.01 $ 9.829.-
estapedectomías……………………………………código 03.02.06 $ 12.286.-
mastoidectomías……………………………………código 03.02.07 $ 6.555.-
microcirugía de laringe……………………………..código 03.06.08 $ 8.191 septumplastía……………………………………….código 03.04.08 $ 7.781
sinusotomía radical…………………………………código 03.05.03 $ 9.829
cirugía endoscópica nasal. S/Nomenclador $ 12.286
-Los códigos de las prácticas señaladas corresponden al nomenclador Nacional de Prestaciones y los honorarios se encuentran calculados al valor Galeno x 4, según lo acordado en la Asociación Médica de Luján para un médico categoría B(FEMEBA). -
Dr. GUSTAVO ROBLEDO
DNI: 17.462.384