Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 2000/21
San Andrés de Giles, 06/08/2021
Visto
La presentación efectuada por el Sr. German Luis Maccari , en representación de la firma El Granero de Azcuénaga , solicitando los beneficios otorgados por la ordenanza Nro. 2074/18, promulgada por Decreto Nro.1355/18 ; que diera origen al expediente N° 4101-10324/21, y
Considerando
Que requiere dichos beneficios, para el emprendimiento de actividad de hotelería rural de su propiedad , que se desarrolla en la localidad Rural de Azcuénaga .
El informe del Sr. Director de Producción y del Sr. Director de Recaudación de esta Municipalidad.
Las constancias que surgen del expediente citado supra.
La Ley Nro. 13656 de Promoción Industrial de la Provincia de Buenos Aires.
Que se considera conveniente otorgar las franquicias y beneficios mencionados en la ordenanza Nro.2074/18.
Que, a criterio de este Departamento Ejecutivo, la instalación de la Empresa, es de interés para este Partido.
Por ello, el Intendente Municipal , en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1ro.; Declarar de interés para el Partido de San Andrés de Giles, el funcionamiento del establecimiento dedicado a la actividad hotelería rural , denominado El Granero de Azcuénaga propiedad del Sr. Germán Luis Maccari, que funciona en el inmueble designado catastralmente como: Circ. XII, Pc. N° 1635S del Partido de San Andrés de Giles.
ARTICULO 2do.; El emprendimiento propiedad del Sr. Maccari, estará exento a partir del 1° de agosto de 2021, y por el término de tres (3) años corridos, es decir hasta el 1 de agosto de 2024 , del cincuenta por ciento (50%) de las tasas establecidas en el artículo 5° de la ordenanza N° 2074/18, a saber:
ARTICULO 3ro.;Notifcar a la Oficina de Recaudación, a la Dirección de la Producción, a la Oficina de Sistemas, al peticionario, regístrar y archívar.-