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Ordenanza Nº3888/21

Ordenanza Nº 3888/21

Rojas, 14/10/2021

VistoLa Ordenanza Nº 2854/05 – Decreto Nº 363/05 de Delimitación de Areas y Zonificación según  Usos de la ciudad de Rojas; y.-                                                                  

Considerando:Que proyectos de inversionistas locales propician nuevos emprendimientos inmobiliarios.- 

Que existe escasa disponibilidad de terrenos que posibiliten el acceso a la vivienda en zonas con disponibilidad de servicios.-

Que es necesario darle a las distintas zonas el marco urbanístico normativo que contemple el crecimiento ordenado de la ciudad, permitiendo la subdivisión de la tierra sin adoptar la subdivisión en Propiedad Horizontal.-

                              Por lo expuesto el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de ROJAS, en uso de sus facultades sanciona la presente

ORDENANZA

Artículo 1º: Modifíquese la ordenanza Nº2854/05 desafectando de la Zona de (C5-DR) a la parcela cuya nomenclatura catastral es Circ.III, Secc. A, Ch: 60, Fr: II,  Pc.: 1a  incorporándolas a la Zona RM 3 con los siguientes valores urbanísticos: FOS: 0.6, FOT: 0.8, Densidad 150 Hab/Há.

Parcelamiento mínimo: Frente 12mts y Superficie 300m2.

Artículo 2º: Modifíquese la ordenanza Nº2854/05 desafectando de la Zona de Recuperación a las parcelas cuya nomenclatura catastral es Circ.II, Secc. B, Qta: 41,  Pcs.: 1 a y 1b  incorporándolas a la Zona C 1 REU con los siguientes valores urbanísticos: FOS: 0.5, FOT: 0.8, Densidad: (1 vivienda por parcela) 150 Hab/Há. 

Parcelamiento mínimo: Frente 20 m. y Superficie 600m2 

Artículo 3º: Los proyectos para los distintos emprendimientos urbanos y sus subdivisiones se adecuarán a la propuesta urbanística   para la zona que establezca la Oficina Técnica Municipal, cediendo las calles necesarias para asegurar la continuidad de las calles existentes.- 

Artículo 4ºPreviamente a la autorización de proyectos de subdivisión deberá cumplimentarse con lo solicitado por la Oficina Técnica Municipal, respecto a la aptitud técnica de agua corriente, cloacas, alumbrado público y energía eléctrica domiciliaria, y a la aptitud hidráulica en caso de ser necesario, quedando las parcelas originadas interdictas hasta que no se verifique el cumplimiento de la misma. 

Artículo 5ºSe adjunta plano indicativo de la zona de referencia.- 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Rojas Ordinaria del día 14 de Octubre del 2021

 

            Lic. Nicolás Scardino                                                                    Dr. Leonardo Italo Armellini        

                     Secretario                                                                                            Presidente