Boletines/Arrecifes
Decreto Nº 462/21
Arrecifes, 29/07/2021
Visto
La presentación efectuada mediante Expediente Municipal Nro. 165.104/21, por la Empresa COTEXGA, CUIT 30-66680354-6, por la que solicita la adquisición de una parcela en el Sector Industrial Planificado de Arrecifes “Intendente Gerardo Angel Risso”, y;
Considerando
Que, la adquisición de parcela se solicita a los fines de la instalación de un Taller de Confección y Lavado.-
Que, el citado proyecto se ajusta a las exigencias del art. 5º de la Ordenanza Nº 1.897/06, y ha sido evaluado y aprobado por la Secretaría de la Producción de la Municipalidad de Arrecifes y la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.-
Que, según el informe del Secretario de Producción de la Municipalidad de Arrecifes, la referida empresa ha presentado un proyecto de las instalaciones a realizar y de las actividades a desarrollar en el sector, por lo cual se hace necesario la adjudicación de la parcela pertinente, asignándosele en consecuencia la denominada Catastralmente como: Circ.: II, Sec.: B, Chacra: 64, Frac.: I, Parcela: 13.-
Que, debe dictarse el acto administrativo pertinente a los fines de la adjudicación a la empresa solicitante del predio necesario para su instalación, en los términos del artículo 3º de la ordenanza 1.897/06 y Ordenanza 3.230/21.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ARRECIFES
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Adjudícase en los términos del artículo 3º de la Ordenanza Nº 1.897/06, a COTEXGA, CUIT 30-66680354-6, el predio denominado catastralmente como: Circ.: II, Sec.: B, Chacra: 64, Frac.: I, Parcela: 13, comprendida en el Sector Industrial Planificado de Arrecifes “Intendente Gerardo Angel Risso”; a los fines de la instalación de un Taller de Confección y Lavado.-
ARTICULO 2º: La adjudicación referida en el artículo que antecede se efectúa en las condiciones, precio, formas de pago, exigencias para el adjudicatario, establecidas por la mencionada Ordenanza Nº 1.897/06 y Ordenanza Municipal Nro. 3.230/20.-
ARTICULO 3º: El adjudicatario deberá acordar con la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Arrecifes la forma de pago del precio de la parcela que se le adjudica, teniendo en cuenta las disposiciones del art. 7º de la Ordenanza Nro. 1.897/06 y Ordenanza Municipal Nro. 3.230/20. Una vez acordado ello, se procederá a la suscripción del respectivo boleto de compraventa.-
ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
FIRMADO:
SR. JAVIER IGNACIO OLAETA – INTENDENTE MUNICIPAL
SR. BERNARDO JAVIER BRAÑA – SECRETARIO DE PRODUCCIÓN