Boletines/Pilar
Decreto Nº 4290/17
Pilar, 28/12/2017
Corresponde al Expediente N° 856/2017 — 21061/2017
PILAR,
Visto
La Ley 14984 de la Provincia de Buenos Aires a Responsabilidad Fiscal y
Considerando
Que la citada Ley establece que la Provincia de Buenos Aires invitará a sus municipios a adherir la presente norma.
Que en su artículo segundo invita”.., a los municipios de la Provincia de Buenos Aires a adherir a las modificaciones, sustituciones e incorporaciones establecidas por la presente norma al Régimen Provincial Fiscal Municipal establecido en la Ley N° 13.295, a través de las Ordenanzas de sus Honorables Concejos Deliberantes, las que deberán comunicar a la Autoridad de Aplicación de la presente Ley y al Consejo Provincial de Coordinación Presupuestaria y Fiscal Municipal.
Que la Municipalidad de Pilar considera fundamental que se establezcan reglas caras de comportamiento fiscal y se dote de una mayor transparencia a la gestión pública promoviendo la sostenibilidad de las finanzas públicas municipales.
Que es importante establecer pautas y parámetros que permitan un manejo prudente de las finanzas a través de una regla para que todas las municipalidades mantengan constante el gasto corriente primario en términos reales.
Que es primordial incorporar reglas sobre el empleo público establecido el compromiso de no incrementar la relación de cargos ocupados en el sector público, respecto a la población.
Que es fundamental incluir pautas de fin de mandato, cuya finalidad es limitar el aumento del gasto corriente permanente durante los últimos seis meses de gestión de gobierno.
Que los municipios que adhieran por Ordenanza podrán contraer deudas autorizadas por la provincia, contratos de fideicomisos con independencia del agente financiero a contratar y las garantías ofrecidas, otorgar garantías y avales.
Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expidió sancionando la Ordenanza N° 461/2017.
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO. = Promulgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 461/2017, cuya parte dispositiva dice:
ARTÍCULO 1°: La Municipalidad de Pilar adhiere a la Ley número 14984 de la Provincia de Buenos Aires referente al Régimen de Responsabilidad Fiscal.
ARTICULO 2°: Pase a D.E. a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 7 de diciembre de 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO.= Dese al Registro Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Hacienda, Subsecretaría de Ingresos Municipales, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.