Boletines/Pilar

Decreto Nº4250/17

Decreto Nº 4250/17

Pilar, 22/12/2017

CORRESPONDE EXPEDIENTE No 10457/2017

Pilar,

Visto

El expediente de referencia por el cual la Asociación civil denominada Apóstoles de La Palabra solicita la eximición del pago del Tributo de Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales respecto de las partidas N° 78627 y 78629, por el periodo 2017.

Considerando

Que a fs. 01 Apóstoles de La Palabra presenta solicitud a través de su presidente, Sra. Jacinta Rueda Mondragón.

Que a fs. 03/10 se acompaña copia de escritura pública y datos registrales de donde surge la titularidad de la entidad sobre los inmuebles que corren identificados con las correspondientes partidas.

Que a fs. 12 luce copia certificada del Decreto NO 1846-15 por el cual se reconoció a la referida institución como Entidad de Bien Público, según Ordenanza 150/03.

Que a fs. 13/14 se acompaña documentación que respaldaría la legitimidad de la Sra. Jacinta Rueda Mondragón para presentar la solicitud.

Que a fs. 17 la Dirección de Relaciones Institucionales, área co responsabilidad primaria en la materia, presta conformidad. Asimismo, y atento al carácter económico de la cuestión planteada ha intervenido la Subsecretaría de Ingresos Municipales.

Que lo solicitado se encuadra en lo establecido en el art. 72 inc. a) de la O.F.I. 2017.

Que la entidad de referencia cumplimenta con lo dispuesto en la Ordenanza 150/03.

Que el Servicio Jurídico permanente del Departamento Ejecutivo ha tomado intervención que le compete.

Que las atribuciones del Señor Intendente se encuentran consagradas en los art. 6 y 23 de la O.F.I. 2016 y el art. 108 inc. 17 de la Ley Orgánica Municipal.

Que por Decreto 1110/17, art. 2 inc. a) el Sr. Secretario de Economía y Hacienda se encuentra autorizada a refrendar el presente acto administrativo.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO.= Exímase a la Asociación civil denominada Apóstoles de La Palabra del pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales respecto de las partidas N° 78627 y 78629, por el periodo 2017, según lo establecido en el art. 72 inc. a) de la O.F.I. 2017.

ARTICULO SEGUNDO.= Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Ingresos Municipales, Relaciones Institucionales, notifíquese y, con las debidas constancias archívese,