Boletines/Lobería
Decreto Nº 1506-21
Lobería, 20/10/2021
REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.470/20, el Decreto Nº 74/21; y
Considerando
QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos de la Comuna, ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 74/21, que realizó trabajos de electricidad y albañilería en el Galpón Vial Municipal de esta Ciudad, a partir del 07 de octubre de 2021;
QUE, atento a no haberse presentado lo requerido en tiempo y forma corresponde registrar los trabajos realizados;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista Sr. DANIEL EMILIANO MENDEZ, D.N.I. N° 27.320.899, designado mediante Decreto Nº 74/21, que realizó trabajos de electricidad y albañilería en el Galpón Vial Municipal de esta Ciudad, a partir del 07 de octubre de 2021.
ARTÍCULO 2.- Las tareas realizadas se detallan a continuación:
- Colocar 110 metros de cable subterráneo, romper pilar, piso y vereda para colocar dicho cable y dejar todo arreglado, colocar térmica en pilar, pasar cable por tres galpones para conectar al tablero principal, acondicionar tablero, hacer empalme en cable subterráneo y colocar grampas.
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHO CON DIEZ CENTAVOS ($ 45.008,10.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SEIS CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 38.706,97.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 5.400,97. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaria de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 32.01 Dirección Mantenimiento Vial - 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 1.506-21