Boletines/Arrecifes
Decreto Nº 438/21
Arrecifes, 20/07/2021
Visto
El Expediente Administrativo 00147742 iniciado el 15 de julio de 2020, y;
Considerando
Que, el Expediente Administrativo 00147742 se inició con la notificación al Departamento Ejecutivo de la Resolución Nro. 2781 del Honorable Concejo Deliberante, que dispuso solicitar al Departamento Ejecutivo que a través de la Dirección General de Cultura y Educación Municipal proceda sin más trámite y en forma retroactiva a ordenar el pago de las becas a los estudiantes terciarios y universitarios a los cuales les fueron otorgadas las mismas por la Comisión Municipal de Becas, en virtud de que no se da ningún supuesto legal para la suspensión o cancelación del beneficio, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza Nro. 3006.
Que, atento a que el beneficio a los estudiantes correspondería por períodos del ejercicio 2020, se formó expediente especial a los fines de comprobar la legitimidad de la solicitud del Departamento Deliberativo.
Que, de acuerdo al informe de la Dirección de Cultura resulta legítimo en los términos de la oportuna selección de beneficiarios, el pago de las becas correspondientes a cinco (5) meses del ejercicio 2020 a los alumnos que se individualizan en estos actuados, los que a un importe mensual de pesos tres mil quinientos ($ 3.500) arroja un total de pesos diecisiete mil quinientos ($ 17.500) por estudiante y según la cantidad de trescientos cincuenta y un (351) beneficiarios, indica un importe final de pesos seis millones ciento cuarenta y dos mil quinientos ($ 6.142.500) como gasto de la Municipalidad de Arrecifes.
Que, a los fines de registrar la deuda y disponer el pago del concepto referido, cabe requerir la autorización del Honorable Concejo Deliberante (conf. arts. 29, sgtes. y ccdtes. del Decreto Ley 6769/58 y art. 140 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires).
Que, cabe dictar el acto administrativo pertinente, en ejercicio de las competencias dispuestas por el art. 107 y concordantes del Decreto Ley 6769/58.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ARRECIFES
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Reconózcase la legitimidad del gasto derivado de las becas otorgadas a los estudiantes que se individualizan en el listado suscripto por la Directora de Cultura y Educación, comprobado por el informe de esa dependencia en consonancia con la Resolución Nro. 2781 del Honorable Concejo Deliberante, el que alcanza un importe mensual de pesos tres mil quinientos ($ 3.500) por cada uno de los meses de febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2020 y arroja un total de pesos diecisiete mil quinientos ($ 17.500) por estudiante; y según la cantidad de trescientos cincuenta y un (351) beneficiarios, indica un importe final de pesos seis millones ciento cuarenta y dos mil quinientos ($ 6.142.500), que corresponde a la partida 5.1.3.0. Becas de la Categoría programática 35-00-00 – Educación, Ciencia y Tecnología del Presupuestos del Ejercicio 2020.
ARTÍCULO 2º: Remítanse las actuaciones al Departamento Deliberativo a los fines de requerir la autorización pertinente para el registro de la deuda y oportuno pago, de conformidad con lo dispuesto por el art. 140 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese
FIRMADO:
SR. JAVIER IGNACIO OLAETA - INTENDENTE MUNICIPAL
SR. MAURO MARCELO BOVEDA – SECRETARIO DE HACIENDA