Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 1910/21
General Pueyrredon, 29/10/2021
Visto
ARTÍCULO 1º. - Conceder permiso de trabajo en la vía pública a la Empresa ALVCICO S.R.L., CUIT 30-71636165-5, REGISTRO DE OBRAS PUBLICAS Nº 226, en su carácter de Contratista Instaladora Autorizada según Matricula Nº 062 de Camuzzi Gas Pampeana S.A., al Ing. ALEJANDRO VICTOR LOPEZ, CUIT 20-14929919-0, M.P. Nº 47.326 como Proyectista y Director Ejecutivo de la misma y al Sr. JUAN FERNANDO EVANGELISTA, D.N.I. N.º 30.025.129, como contratante para realizar la ampliación de extensión de la red de gas natural en el sector comprendido por las calles: CALLE 8 entre CALLE 449 y CALLE 451, de esta ciudad, N.C.: Circ. IV, Secc. P, Manzana 90, Parcela 32, obra de costo cubierto y con un monto de PESOS CIENTO VEINTICUATRO MIL ($124.000).-
ARTÍCULO 2º. - La mencionada Empresa para la ejecución de dichos trabajos deberá ajustarse a los siguientes recaudos:
b1) El responsable de los trabajos indicará los sitios a señalar y las características de la señalización a colocar, según las particularidades de la obra. Estos sistemas de señalización (carteles, vallas, balizas, cadenas, sirenas, tarjetas, etc.) se mantendrán, modificarán y adecuarán según la evolución de los trabajos y sus riesgos emergentes.
b2) Las señales visuales serán confeccionadas en forma tal que sean fácilmente visibles a distancia y en las condiciones que se pretenden sean observadas. Se utilizarán leyendas en idioma español, pictogramas, que no ofrezcan dudas en su interpretación y usando colores contrastantes con el fondo.
ARTÍCULO 3º. - Previo a la iniciación de los trabajos, la Empresa deberá tener las correspondientes interferencias otorgadas por las empresas prestadoras de servicios, en las calles por dónde se autorizan los trabajos de extensión de la red de gas según proyecto de fs. 3, debiéndose cumplimentar lo establecido en las leyes de Higiene y Seguridad en el Trabajo, Ordenanzas 8610, 9147 y Decreto Reglamentario 1013/94, siendo el plazo de obra de SESENTA (60) días corridos.
ARTÍCULO 4º. - Previo a la iniciación de los trabajos, la Empresa deberá presentar el Programa de Seguridad aprobado por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) y el Formulario de aviso de inicio de obra para los trabajos de extensión de la red de gas según proyecto de fs. 3.
ARTÍCULO 5º.- La Empresa deberá dar cumplimiento al protocolo de prevención para proteger la salud de los trabajadores en la obra determinado por la Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano, ante la situación de emergencia sanitaria que se ha producido por el COVID– 19.
ARTÍCULO 6º. - Dejar expresamente aclarado que la autorización otorgada por la presente, está condicionada al compromiso de la Empresa de efectuar el retiro o traslado de las instalaciones cuando las mismas afecten o restrinjan los derechos de los propietarios frente a cuyos inmuebles se ejecuten las obras o en circunstancias en que así lo exija la Municipalidad, con motivo de trabajos y obras públicas que colisionen con las instalaciones de referencia.
ARTÍCULO 7º. - Establécese que la presente Resolución se acuerda para realizar esta obra bajo la exclusiva responsabilidad de la Empresa Contratista y de la Contratante dentro de las condiciones y normas previstas en el Pliego Tipo, Reglamento de Extensiones de Red de Gas Natural y disposiciones vigentes del ENARGÁS y CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A., siendo además de aplicación, a todos los efectos emergentes de la presente Resolución, las disposiciones de la Ordenanza General N° 165/73 -, T.O. según Decreto N° 1138/86, Cap. I Art. 9° inc. b) y Art. 132º inc. b) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, obra de costo cubierto.-
ARTÍCULO 8º. - Fijar en trescientos sesenta (360) días la vigencia de la presente autorización. Si vencido el plazo no se han dado comienzo a los trabajos, la misma caducará automáticamente.
ARTÍCULO 9º. – Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar del presente por intermedio del Departamento Control Obras de Gas y Electromecánicas a la Empresa.
JLG/ndd.
GONZALEZ
Considerando
Que con fecha 20 de Enero de 2021 se dio inicio a la obra motivo de estas actuaciones conforme los lineamientos previstos en la contratación y el Pliego de Bases y Condiciones, obrante a fs.4.
Que por Nota de Pedido Nº 5, obrante a fs. 5 la Empresa contratista ha solicitado ampliación del plazo contractual, motivado por el pedido de los trabajos adicionales (tramitados por Expediente Nº 2348-3-2020 cpo.01alc.4).
Que la inspección de obras ha producido informe respectivo, del cual surge que corresponde reconocer SESENTA (60) días corridos de ampliación de plazo por este concepto.
Que se coordinó con los Directivos de la Escuela y la Empresa, dar inicio a los trabajos adicionales con fecha 1º de Noviembre de 2020 y finalizarlos el 30 de Diciembre de 2021 debido a que los trabajos que se van a desarrollar, interfieren con la actividad escolar.
Que por los motivos mencionados precedentemente, se considera suspendida la obra entre los días 20 de Mayo de 2021 y 31 de Octubre de 2021.
Que el plazo original de la obra es de 120 días, más la ampliación de días mencionada precedentemente, el plazo total de la misma queda en 180 días corridos, finalizando el 30 de Diciembre de 2021.
Por ello, en el uso de las atribuciones delegadas por Decreto Nº 916/2020
EL SECRETARIO DE OBRAS Y PLANEAMIENTO URBANO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Ampliar el plazo para la ejecución de la Obra “INTERVENCIÓN GENERAL EN TECHOS Y CIELORRASO EN E.F.P. Nº 4” Licitación Pública Nº 12/2020 –, a cargo de la Empresa CIAGESER S.A. en SESENTA (60) días, quedando el plazo total de la misma en CIENTO VEINTE (120) días corridos.
ARTICULO 2º.- La Empresa Contratista deberá, en el término de cinco (5) días de notificada, presentar un nuevo plan de trabajo encontrándose el pedido encuadrado en el Pliego de Bases y Condiciones Generales (art. 5.1).
ARTICULO 3º.- Registrar, Dar al Boletín Municipal para su notificación y demás efectos intervenga la Dirección de Obras Públicas.
JLG/ke.-
GONZALEZ