Boletines/Benito Juarez
Decreto Nº 1256/2021
Benito Juarez, 08/10/2021
Visto
que el día 18 de Octubre del corriente año, se cumple el 113º ANIVERSARIO de la FUNDACIÓN de la localidad de BARKER;
Considerando
que con motivo de su Aniversario, ha sido declarado día NO LABORABLE en dicha localidad, el 18 de Octubre del año en curso, mediante RESO-2021-440-GDEBA-MGGP emitida por el Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1º.- Confirmase el siguiente PROGRAMA DE ACTOS organizado por el Municipio de Benito Juárez a través de la Delegación Municipal con motivo de cumplirse el 113º Aniversario de la FUNDACIÓN DE BARKER, a llevarse a cabo el próximo Lunes 18 de Octubre:
Lunes 18 de Octubre de 2020: Acto Protocolar.
10:15 hs. Concentración de autoridades en la Delegación Municipal.
10:30 hs. Comienzo del acto protocolar.
*Entonación de las estrofas del Himno Nacional Argentino.
*Palabras a cargo de la Delegada Municipal de Barker Sra. Norma Fernández.
*Palabras alusivas a cargo del Sr. Intendente Municipal Don Julio Cesar Marini.
Oración religiosa.
*Reconocimientos a vecinos por su trayectoria en la comunidad.
*Desconcentración.
Adhesiones:
Domingo 17 de Octubre: Jornada de actividades en la Plaza Ramón Santamarina a partir de las 15:30 hs., con presentación de artistas locales y la presencia de stands de artesanos y feriantes;
Artículo 2º.- Declarar NO LABORABLE para la Administración Pública , y feriado optativo para la Industria, Comercio y restantes actividades que se desarrollen en las localidades de Barker y Villa Cacique, el día 18 de Octubre del año en curso, con motivo de celebrarse el 113° Aniversario de su Fundación, según lo resuelve el artículo 1º de la RESO-2021-440-GDEBA-MGGP emitida por el Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 3º.- Autorizase a Contaduría a efectuar los pagos que demande el evento del artículo precedente.-
Artículo 4º.- Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.-
Artículo 5º.- Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Delegación Barker, Secretarías de Desarrollo Social, Hacienda, Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, Hacienda, Salud y Gobierno, Ente Descentralizado Hospital y Auditoría, cumplido archívese.-
SECRETARIO DE GOBIERNO
ING. SERGIO J. ACOSTA
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
DECRETO Nº 1256.-