Boletines/Benito Juarez

Decreto Nº1256/2021

Decreto Nº 1256/2021

Benito Juarez, 08/10/2021

Visto

que el día 18 de Octubre del corriente año, se cumple el 113º ANIVERSARIO  de la FUNDACIÓN de la localidad de BARKER;

Considerando

que con motivo de su Aniversario, ha sido declarado día NO LABORABLE en dicha localidad, el 18 de Octubre del año en curso, mediante RESO-2021-440-GDEBA-MGGP emitida por el Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires;

QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar acto administrativo;

EL INTENDENTE MUNICIPAL,  en uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo 1º.- Confirmase el siguiente PROGRAMA DE ACTOS organizado por el Municipio de Benito Juárez a través de la Delegación Municipal con motivo de cumplirse el 113º Aniversario  de la FUNDACIÓN DE BARKER, a llevarse a cabo el próximo Lunes 18 de Octubre:

Lunes 18 de Octubre de 2020: Acto Protocolar.

10:15 hs. Concentración de autoridades en la Delegación Municipal.

10:30 hs. Comienzo del acto protocolar.

*Entonación de las estrofas del Himno Nacional Argentino.

*Palabras a cargo de la Delegada Municipal de Barker Sra. Norma Fernández.

*Palabras alusivas a cargo del Sr. Intendente Municipal Don Julio Cesar Marini.

  • Oración religiosa.

*Reconocimientos a vecinos por su trayectoria en la comunidad.

*Desconcentración.

Adhesiones:

Domingo 17 de Octubre: Jornada de actividades en la Plaza Ramón Santamarina a partir de las 15:30 hs., con presentación de artistas locales y la presencia de stands de artesanos y feriantes;

Artículo  2º.- Declarar NO  LABORABLE  para la  Administración  Pública , y feriado optativo para la Industria,  Comercio y restantes actividades que se desarrollen en las localidades de Barker y Villa Cacique, el  día  18  de  Octubre  del año en curso, con motivo de celebrarse el 113° Aniversario de su Fundación, según lo resuelve el artículo 1º de la RESO-2021-440-GDEBA-MGGP emitida por el Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 3º.- Autorizase a Contaduría a efectuar los pagos que demande el evento del artículo precedente.-

Artículo 4º.- Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.-

Artículo 5º.- Comuníquese,  dése  al  R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Delegación Barker, Secretarías de Desarrollo Social, Hacienda, Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, Hacienda, Salud y     Gobierno, Ente Descentralizado Hospital y Auditoría, cumplido archívese.-

SECRETARIO DE GOBIERNO

ING. SERGIO J. ACOSTA

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

DECRETO Nº 1256.-