Boletines/Tandil

Decreto Nº3444/2021

Decreto Nº 3444/2021

Tandil, 27/10/2021

Visto

El artículo 90º inciso 3) “Exenciones” de la Ordenanza Fiscal Vigente y la Ordenanza Nº 9584.

Considerando

Que la Ordenanza Nº 5349, de Promoción Industrial, permite otorgar franquicias y beneficios impositivos a las empresas que se instalen en el partido o amplíen sus instalaciones y cuyas actividades estén comprendidas en el plan de Desarrollo Industrial y a todas aquellas industrias que a juicio del Departamento Ejecutivo su instalación sea de interés para el partido. Dichas exenciones pueden incluir a la Tasa por habilitación de Comercio e Industrias, Tasa Unificada de Actividades Económicas, Tasa por Inspección Veterinaria, Derechos de Construcción, Derechos de Publicidad y Propaganda, Derechos de oficina y Tasa de red Vial.

Que la Ordenanza Nº 9584 faculta al Departamento Ejecutivo a otorgar las franquicias del art. 40 de la LOM (exenciones parciales o totales) a aquellos contribuyentes que acrediten las condiciones requeridas por las Ordenanzas respectivas y que hubieran cumplimentado las exigencias formales extemporáneamente.

Que el contribuyente Cagnoli S.A. con CUIT 30-50431221-2, posee exención de la Tasa Unificada de Actividades Económicas por decreto 465/2021, en el marco del régimen de promoción industrial de Ordenanza Nº 5349 hasta el período 8 de 2021.

Como es de público conocimiento la planta de desposte porcino de Cagnoli S.A., ubicada en el Parque Industrial de Tandil, quedó totalmente destruida por un incendio el día 30 de marzo de 2021, afectando las instalaciones, maquinarias e inventario, lo que ha conllevado discontinuar con la actividad, con un tiempo aproximado de dos años de recuperación.

Que la empresa solicitó por ello, la eximición total de la Tasa Unificada de Actividades Económicas, en el marco de la Ordenanza N ° 5349 de Promoción Industrial, por los períodos restantes del ejercicio 2021, ya que la planta sigue en proceso de reconstrucción.

Que la Secretaría de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales, ha verificado que se cumplen con los requisitos, y considera oportuno acceder a lo solicitado, otorgando a la empresa una prórroga en la eximición del 100% de la Tasa Unificada de Actividades Económicas, en el marco de la Ordenanza N ° 5349 de Promoción Industrial.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°:Prorrógase la vigencia de la exención otorgada por decreto municipal N° 1546/2021 y 2128/2021, de un 100% en el pago de la Tasa Unificada de Actividades Económicas al contribuyente Cagnoli S.A. con CUIT 30-50431221-2, respecto a las cuentas N° 1122/000 y 25379/000, relativas a los establecimientos sitos en Dr. Juan Pujol N° 2047 y Parque Industrial N° 1, por los periodos 9 a 12 de 2021, con tipo de exención “Fomento Industrial”. El monto de lo eximido en el marco del presente artículo, no computará para el límite del beneficio establecido en el artículo 1° del decreto municipal N° 465/2021.

Artículo 2º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.

Artículo 3°: Regístrese, comuníquese, tomen razón la Dirección de Ingresos Públicos, la Unidad de Habilitaciones, Contaduría General, Secretaría de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales, y pase a Guarda Temporal.

Firma Digital: Claudio Alberto Biset (Secretario)        -            Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                   Secretaría de Economía y Administración     -                        Intendencia