Boletines/General Lavalle

Decreto Nº984/2021

Decreto Nº 984/2021

General Lavalle, 27/10/2021

Visto

 

                        El informe presentado por el área de Catastro Municipal;

Considerando

Que, conforme lo contenido en el ARTÍCULO 72 de la Ley 14.656: “El trabajador tiene derecho a una retribución justa por sus servicios, de acuerdo con su ubicación en la carrera o en las demás situaciones previstas en esta ley y que deban ser remuneradas, conforme con el principio que a igual situación de revista y de modalidades de prestación de servicios, gozará de idéntica remuneración, la que se integrará con los siguientes conceptos: (…)d) Adicional por actividad exclusiva: el trabajador que se desempeñe en los Agrupamientos Técnico y Profesional, cubriendo cargos previstos en el respectivo Plantel Básico, con exigencia de actividad exclusiva, conforme con lo que establezca cada Municipio, percibirá este adicional cuyo monto será del treinta por ciento (30%) del sueldo de su categoría, como mínimo.(…)”;

Que, conforme el Decreto antes descripto el Sr. Peluzo ha sido incorporado como integrante técnico en la Oficina Técnica Municipal, la cual verifica una intensa actividad en relación a los pedidos de factibilidad que necesariamente deben someterse a la intervención de dicho Oficina, debiendo realizar tareas tales como: redacción de dictámenes, estudio del Código de Ordenamiento Territorial y Uso de Suelo, notificaciones, etc;

Que, corresponde dejar expresamente establecido que la incorporación de la bonificación antes descripta responde de manera exclusiva y excluyente a la conformación por parte del Sr. Peluzo de la Oficina Técnica Municipal, no siendo dicho rubro bonificatorio propio del cargo que detenta, estando ligado de manera inescindible a dicha pertenencia a la Oficina ya descripta, no siendo pasible de requerir derecho alguno sobre la misma en caso de desvincularse de tal conformación;

Que, además el agente colaborará en la vinculación de información generada en el Convenio suscripto entre Municipalidad de General Lavalle y Arba;

Que, el área de Catastro deberá tener actualizado un Registro Parcelario de todo el Partido de General Lavalle, donde sea posible la identificación de la cantidad de parcelas existentes y las dimensiones de las mismas;

                        Que, la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias;

Que, se debe dictar el acto administrativo correspondiente el cual será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

DECRETA

ARTICULO 1º: Procédase a liquidar en los haberes que percibe al Sr. PELUZO, MARCELO HORACIO; Legajo Municipal Nº 204, el concepto de ADICIONAL POR ACTIVIDAD EXCLUSIVA, que consiste en el equivalente al 30 % del sueldo de la categoría que corresponde al agente, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente, durante los meses de Octubre a Diciembre inclusive de 2021, con expreso cumplimiento de las obligaciones detalladas en los Considerandos de la presente.

ARTICULO 2º: Las sumas serán tomadas de la Jurisdicción: 1110103000 – Secretaria de Obras y Servicios Públicos y de la Producción.- Apertura Programática 01.00.00 Administración, Gestión y Dirección de Obras y Servicios Públicos.

 

ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.

 

ARTICULO 4º: Cùmplase, comunìquese a quien corresponda y dèse al Registro Municipal.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TURCONI ANDREA VERONICA                                                                       JOSE H RODRIGUEZ PONTE

       JEFE DE GABINETE                                                                                       INTENDENTE MUNICIPAL