Boletines/Brandsen

Decreto Nº1438

Decreto Nº 1438

Brandsen, 17/09/2021

Visto

Visto el Expediente Nº 4015-28894/21 por el cual Ojeda Marcial, CUIL 20-22758089-6 solicita una habilitación de comercio especial bajo el rubro “PRODUCTOS DE GRANJA”, en el inmueble ubicado en calle Infanta Isabel Nº 964 de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como:  Circ. I – Sección G – Manzana 113 D – Pla 16 y, correspondiente a la Partida Nº 21383; y,

Considerando

Que a fs. 18 se expide la Directora de Habilitaciones: “Visto la solicitud de HABILITACION TRANSITORIA iniciado por Ojeda Marcial, CUIL 20-22758089-6, en relación al Inmueble sito en calle Infanta Isabel Nº 964 de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como:  Circ. I – Sección G – Manzana 113 D – Pla 16  y, correspondiente a las cuentas 21383 (de la tasa de Servicios Urbanos /Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuentra conforme Ordenanza de Habilitaciones  en categoría 1 (UNO), por tratarse de rubro “PRODUCTOS DE GRANJA” y habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Firmado: Camila Castillo. Directora de Habilitaciones. Municipalidad de Brandsen”;

Que según la Ordenanza Nº 1305 aplicable al caso establece en el Art. 6 “Quienes se incorporen al presente régimen y obtengan la ATF gozaran de un plazo de 180 (ciento ochenta) días corridos contados a partir de la fecha de notificación de su otorgamiento, para cumplimentar con todos los requisitos establecidos en la Ordenanza de Habilitaciones y a las Ordenanzas Fiscal e Impositiva a los fines de obtener la Habilitación Municipal Definitiva, dicho plazo podrá ser prorrogado por 180 ( ciento ochenta) días corridos por el Departamento Ejecutivo” y en el Art. 9 establece : “Quienes se incorporen al régimen estatuido por la presente Ordenanza, deberán abonar al momento de gestionar la ATF el 25% de la Tasa por Habilitación de comercio e industria establecidas en las Ordenanzas Fiscal e Impositiva”;

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN

ARTICULO 1º.- Otorgase a Ojeda Marcial, CUIL 20-22758089-6, una habilitación de comercio especial bajo el rubro “PRODUCTOS DE GRANJA”, en el inmueble ubicado en calle Infanta Isabel Nº 964 de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como:  Circ. I – Sección G – Manzana 113 D – Pla 16 y, correspondiente a la Partida Nº 21383.-

ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza 1305/08 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal.-

ARTICULO 3º.-  El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y Protección Ciudadana y Habilitaciones.-

ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese.-