Boletines/Lobería

Decreto Nº1411-21

Decreto Nº 1411-21

Lobería, 01/10/2021

REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.470/20, el Decreto Nº 74/21; y

 

Considerando

QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos de la Comuna, ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 74/21, para realizar trabajos de electricidad en la fábrica de tubos, ubicada en los galpones del Ferrocarril de esta ciudad, a partir del 17 de septiembre de 2021;

QUE, atento a no haberse presentado lo requerido en tiempo y forma corresponde registrar los trabajos realizados;

 

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

 D  E  C  R  E  T  O

 

ARTÍCULO 1.- REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista Sr. DANIEL EMILIANO MENDEZ, D.N.I. N° 27.320.899, designado mediante Decreto Nº 74/21, que realizó trabajos de electricidad en la fábrica de tubos, ubicada en los galpones del Ferrocarril de esta ciudad, a partir del 17 de septiembre de 2021.

ARTÍCULO 2.- Las tareas realizadas se detallan a continuación:

 

  • Realizar tablero para emprendimiento de construcción de eco ladrillos.
  • Hacer conexiones, cableados con térmica, disyuntor, contactores y conexión al transformador de 12V.
  • Colocar cajas internas de 10x10 con tapas.
  • Colocar pulsadores de corte con su cableado correspondiente.

ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CON SESENTA CENTAVOS ($ 18.840,60.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DOS CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($ 16.202,92.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 2.260,87. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.

ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos– 32.01 Dirección de Mantenimiento Vial – 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.

DECRETO Nº 1.411-21