Boletines/Florentino Ameghino

Ordenanza Nº986/17

Ordenanza Nº 986/17

Florentino Ameghino, 03/01/2017

VISTO:

El acuerdo de partes suscrito entre Bapro Medios de Pago SA CUIT 30-70495034-5 en adelante “BMPSA” con domicilio en calle Reconquista Nº 46, Piso 6º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en este acto por el Lic. Carlos Gastón Olivera y el Cr. Diego Fabián Martínez, en su carácter de Apoderados, por una parte, y por la otra la Municipalidad de Florentino Ameghino, CUIT 30-99929864-4, en adelante “La Municipalidad”, representada en este acto por el Señor Calixto Agustín Tellechea, en su carácter de Intendente Municipal, tal como lo acreditan con la documentación que se adjunta al presente, con domicilio legal en calle 9 de julio Nº 668 de Florentino Ameghino, Provincia de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que el acuerdo tiene el objeto de Recaudación, que posee un sistema electrónico de cobro, registro, conciliación, transmisión de datos y transferencia de fondos en la República Argentina, denominado “PROVINCIA NET”, por el cual los usuarios concurren a los lugares de pago para el pago de facturas emitidas por distintas empresas, organismos públicos u otras entidades.

Que es intención de las partes suscribir el presente acuerdo con el fin que La Municipalidad contrate el Servicio de Recaudación (en adelante “El Servicio” que ofrece “BMPSA”, en sus distintas modalidades.-

Que La Municipalidad encomienda a BMPSA y esta acepta prestar por sí o a través de terceros, los siguientes servicios:

Cobro por cuenta y orden de La Municipalidad de los pagos que realicen los clientes en los lugares de pago;

Entrega de tickets como constancia legitima de pago;

Captura, registración y transmisión electrónica, diskettes o cinta magnética de la información correspondiente a los pagos;

Conciliación de pagos;

Transmisión de los datos conciliados y transferencia o depósito de los fondos recaudados en la cuenta bancaria que se acuerde entre BMPSA y La Municipalidad.-

Que BMPSA, a efectos de llevar adelante la prestación de El Servicio proveerá una red de lugares de pago, en donde procederá a la captura de las facturas emitidas por La Municipalidad para la realización de los pagos por parte del cliente;

Que el número y la ubicación de los lugares de pago, serán determinados por BMPSA. La contratación de los lugares de pago y las obligaciones emergentes de dicha relación jurídica serán exclusiva responsabilidad de BMPSA, no manteniendo La Municipalidad ninguna vinculación contractual y/o comercial con aquellos.-

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Apruébese El acuerdo de partes suscrito entre Bapro Medios de Pago SA y la Municipalidad de Florentino Ameghino que como anexo se agrega a la presente que tiene por objeto prestar por sí o a través de terceros, los siguientes servicios: Cobro por cuenta y orden de La Municipalidad de los pagos que realicen los clientes en los lugares de pago; entrega de tickets como constancia legitima de pago; Captura, registración y transmisión electrónica, diskettes o cinta magnética de la información correspondiente a los pagos; Conciliación de pagos; Transmisión de los datos conciliados y transferencia o depósito de los fondos recaudados en la cuenta bancaria que se acuerde entre BMPSA y La Municipalidad.-

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, elévese copia al Departamento Ejecutivo, Dese al Registro Municipal y Archívese.-