Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 20454
Bahia Blanca, 30/09/2021
El proyecto de ordenanza obrante a fojas 61, mediante el cual se realiza una adecuación de los tipos de zonificación previstos en el decreto provincial Nº 531/2019, reglamentario de la Ley Provincial 11.459.
Considerando:
Que a fojas 56/58 del expte. 0/00-10420/1999 el Departamento Planeamiento Urbano informó y elevó proyecto de ordenanza indicando que se tiene en cuenta la reglamentación de la Ley Nº 11.459 mediante el Decreto Nº 531/2019, que derogó el Decreto Nº 1741/96, y conforme lo establece el artículo 70° del Decreto Ley Nº 8912/77: “La responsabilidad primaria del ordenamiento territorial recae en el nivel municipal y será obligatorio para cada partido como instrumento sectorial”.
Que agrega dicho Departamento que, en el mismo sentido, el decreto Nº 531/2019 en sus considerandos menciona que los Municipios son responsables primarios en materia de ordenamiento territorial, habilitación y fiscalización, sin perjuicio de las funciones que la Ley N° 11.459 atribuye a la Autoridad de Aplicación.
Que asimismo, en el Anexo 1 Capítulo II Artículo 6° de dicho Decreto se establece: “Los Municipios podrán establecer sus propias normas de trámite para la emisión del Certificado de Aptitud Ambiental (CCA) para establecimientos de 1° y 2° categoría. No obstante, en todos los casos, el titular o responsable del establecimiento deberá obtener previamente la Clasificación del Nivel de Complejidad Ambiental (CNCA) -Fase 1- por ante la Autoridad de Aplicación. A tales efectos, cada Municipio certificará la equivalencia de la zonificación que en ejercicio de las atribuciones establecidas en el Decreto Ley N° 8912/77 y sus normas modificatorias y complementarias hubiere determinado respecto de la aptitud de la parcela donde esté instalado o se pretenda instalar un establecimiento industrial, cotejando los usos del ordenamiento territorial de su partido, ….”.
Por todo lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1º – Apruébase el siguiente Cuadro Comparativo para la adecuación de los tipos de zonificación previstos en el Decreto nº 531/2019, Reglamento de la Ley nº 11.459, con aquéllos normados en el “Código de Planeamiento Urbano del Partido de Bahía Blanca” (ordenanza Nº 5691/1990 y modificatorias), en un todo de acuerdo al Artículo 6° del Decreto 531/19 y al sólo efecto de categorizar a las empresas:
EQUIVALENCIAS |
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CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO |
LEY Nº 11.459 DECRETO Nº 531/19 |
Residencial Parque de Densidad Baja (Rp1) |
Zona A – Residencial Exclusiva No apta para la instalación de establecimientos industriales, (Artículo 6 Decreto Nº 531/2019). |
Suburbano Residencial 1 (S.U.R. 1) |
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Suburbano Residencial 2 (S.U.R. 2) |
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Suburbano Recreativo (S.U.Re) |
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Extraurbano de Reserva (EUr) |
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Corredor de Servicios Sector Sureste Av. Cabrera (CS1) |
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Corredor de Servicios Sector Noroeste Av. Cabrera (CS2) |
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Comercio, Servicio y Esparcimiento 1 (CSE1) |
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Comercio, Servicio y Esparcimiento 2 (CSE2) |
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Frente de Servicios a Vialidad (FSV 1) |
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Centro de Servicios Suburbanos 3 (CSUR 3) |
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Centro de Servicios Suburbanos 9 (CSUR 9) |
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Periurbano Calificado (PUC) |
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Periurbano a Reestructurar (PUR) |
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Centros de Interes Turistico-Ambiental (CITA) |
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Residencial Av. Alem (R1 AE) |
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Residencial (R1 amanzanamiento Euzkadi) |
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Área Central Microcentro Direccional (C1) |
Zona B – Mixta Apta para la instalación de establecimientos clasificados como de 1° y 2° categoría (Artículo 6 Decreto Nº 531/2019), según CPU. |
Área Central Macrocentro Direccional (C2) |
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Centro Ejes de Crecimiento (C3) |
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Corredor Centro Barrial (CC3) (Ordenanza Nº 16.124) |
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Comercial Ingeniero White (CIW) (Ordenanzas Nº 15.526 y 15.615) |
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Residencial General de Densidad Media Alta (R1) |
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Residencial General de Densidad Media (R2) |
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Residencial Centro Bajo (Rcb) (Ordenanza Nº 16124) |
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Residencial Parque de Densidad Baja 2 (Rp2) |
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Residencial Ingeniero White 1 (RIW1) (Ordenanzas Nº 15.526 y 15.615) |
EQUIVALENCIAS |
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CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO |
LEY Nº 11.459 DECRETO Nº 531/2019 |
Residencial Ingeniero White 2 (RIW2) (Ordenanzas Nº 15.526 y 15.615) |
Zona B – Mixta Apta para la instalación de establecimientos clasificados como de 1° y 2° categoría (Artículo 6 Decreto Nº 531/2019), según CPU. |
Residencial Ingeniero White 3 (RIW3) (Ordenanzas Nº 15.526 y 15.615) |
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Residencial Mixto (RM) |
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Residencial Mixta Logística (RML) (Ordenanza Nº 16.648) |
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Anillo (A) |
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Industrial 3 (I3) |
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Frente de Servicios a Vialidad FSV2 |
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Centro de Servicios Suburbanos 4 CSUR (4) |
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Centro de Servicios Suburbanos 5 CSUR (5) |
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Centro de Servicios Suburbanos 6 CSUR (6) |
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Centro de Servicios Suburbanos 7 CSUR (7) |
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Industrial 1 (I1) |
Zona C – Industrial Exclusiva Apta para establecimientos de 1°, 2° y 3° categoría (Artículo 6 Decreto Nº 531/2019). |
Industrial 2 (I2) |
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Frente de Servicios a Vialidad FSV3 |
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Industrial Agroalimentario y Servicios Afines (IA) |
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Industrial Logística y Servicios afines 1 (IL y S1) (Ordenanzas Nº 16.372 y 16.648) |
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Industrial Logística y Servicios afines 2 (IL y S2) (Ordenanzas Nº 16.372 y 16.648) |
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Industrial Logística y Servicios afines 3 (IL y S3) (Ordenanzas Nº 16.372 y 16.648) |
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Centro de Servicios Suburbanos 1 CSUR (1) |
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Centro de Servicios Suburbanos 2 CSUR (2) |
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Centro de Servicios Suburbanos 8 CSUR (8) |
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Distrito Portuario (P) |
Zona D – Otras Zonas Admite establecimientos industriales de 1°, 2° y 3° categoría (Artículo 6 Decreto Nº 531/2019), teniendo en cuenta el CPU, la compatibilidad de la actividad con la zona, la distribución de la población, a criterio del Municipio. |
Distrito Extraurbano de Servicios (Eus) |
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Rural: Sólo aquellas actividades que involucren materias primas. Autorización de radicación de establecimientos cuyos procesos industriales involucran materias primas derivadas en forma directa de la actividad minera o agropecuaria, explotación del recurso hídrico subterráneo a los fines de su envasado para consumo humano, y plantas de tratamiento de residuos sobre el suelo y la disposición final sobre el subsuelo en los casos que la EIA demuestre la aptitud del mismo. |
Artículo 2º – Los usos industriales establecidos para cada una de las zonas reguladas por el Decreto 531/2019 sólo serán admisibles si se encuentran contemplados en la zonificación equivalente del Código de Planeamiento Urbano (Ordenanza 5691) y de su normativa complementaria y/o modificatoria.
Artículo 3º – Derógase la Ordenanza Nº 15.925.
Artículo 4° – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.-