Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 1855/21
General Pueyrredon, 22/10/2021
Visto
la Ley 14656, Estatuto para el Personal de las Municipalidades; y
Considerando
Que el artículo 1º de la Ley 14656 establece Las relaciones de empleo público de los trabajadores de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires se rigen por las Ordenanzas dictadas por sus Departamentos Deliberativos y los Convenios Colectivos de Trabajo, además del contenido de dicha Ley.-
Que, asimismo, el artículo 52º de la Ley 14656 determina el número de integrantes que en representación de los trabajadores, formarán parte de la negociación del Convenio Colectivo de Trabajo
Que en tal sentido y a efectos de la instrumentación de las prescripciones del artículo 52º de la Ley 14656 “Negociación colectiva”, corresponde constituir la Comisión que tenga a su cargo el tratamiento CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO que regule el empleo público municipal de General Pueyrredon en los términos de las disposiciones de la Ley Nº 14.656.
Que a tales efectos, tanto la Representación Gremial, como el Departamento Ejecutivo designaron sus representantes, conforme surge de las constancias obrantes en expte. 10096-9-2021 cpo. 1 ( fs. 14/15);
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias
El INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Conformase la Comisión que tendrá a su cargo la redacción del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO, que regule el empleo público municipal de General Pueyrredon en los términos de las disposiciones de la Ley Nº 14.656, de la forma que seguidamente se indica:
Por el Departamento Ejecutivo:
Por el Sindicato de Trabajadores Municipales:
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese.-
BONIFATTI MONTENEGRO