Boletines/Quilmes
Decreto Nº 3278/2021
Quilmes, 04/10/2021
Visto
la RESOL-2021-11-APN-CNEPYSMVYM#MT y la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
Considerando
Que se establece como premisa ineludible que ningún trabajador/a del Municipio, cualquiera sea su situación de revista, percibirá un nivel remunerativo, neto de descuentos previsionales y de obra social menor al salario mínimo, vital y móvil - proporcional a la jornada laboral de seis (6) horas- el cual fuera establecido por el Consejo Nacional del Empleo, La Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, creado por la Ley 24.013;
Que mediante la Resolución mencionada en el Visto, se establece el salario mínimo, vital y móvil de pesos treinta y un mil ciento cuatro ($ 31.104,00) a partir del 1° de septiembre de 2021, de pesos treinta y dos mil ($ 32.000,00) a partir del 1° de octubre de 2021 y de pesos treinta y tres mil ($ 33.000,00) a partir del 1° de febrero de 2022;
Que la Jornada Laboral en el Municipio de Quilmes es de seis
(6) horas, por lo que el monto proporcional neto correspondería a pesos veintitrés mil trescientos veintiocho ($ 23.328) a partir del 1° de septiembre de 2021, de pesos veinticuatro mil ($ 24.000,00) a partir del 1° de octubre de 2021 y de pesos
veinticuatro mil setecientos cincuenta ($24.750,00) a partir del 1° de febrero de 2022;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1°: ESTABLÉZCASE una Garantía Salarial remunerativa a los fines de garantizar la remuneración mínima neta dispuesta en los considerandos precedentes, y por un importe que para cada agente, cualquiera sea su situación de revista, y en caso de corresponder, asegure la remuneración neta de pesos veintitrés mil trescientos veintiocho ($ 23.328) a partir del 1º de septiembre de 2021, de pesos veinticuatro mil ($ 24.000,00) a partir del 1º de octubre de 2021 y de pesos veinticuatro mil setecientos cincuenta ($24.750,00) a partir del 1° de febrero de 2022, las cuales serán absorbidas por los futuros aumentos. Para determinar las mismas se consideraran las sumas de la remuneración, adicionales y/o bonificaciones que perciba el agente, netas de descuentos previsionales y de obra social, cargas de familia y asignaciones familiares que pudieran corresponder.-
ARTÍCULO 2°: EXCLÚYASE del presente al personal de la Carrera Profesional Hospitalaria y Personal Docente.-
ARTICULO 3°: El presente será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 4°:COMUNÍQUESE a quien corresponda, dese al Registro General y ARCHIVESE.-
LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO MAYRA S. MENDOZA
Jefe de Gabinete Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
DECRETO 3278/2021