Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 276
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 29/07/2021
Visto las presentes actuaciones, respecto a lo nota que obra a fs. 3, mediante la que Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia solicita la adscripción con cargo de la agente Elva FIGUEROA, legajo Nº15.621, desde el Programa Mamás Cuidadoras (oficina Nº564) a Casa Abrigo II (Oficina Nº713), y considerando que según lo establecido en el Art. 20º del Convenio Colectivo de Trabajo: “Un agente reviste como adscripto cuando es destinado a ejercer sus funciones en un área Municipal distinta a la que le es propia y en forma transitoria a requerimiento del área solicitante y para cumplir funciones propias de la competencia específica de esta. La situación de Adscripto de un trabajador Municipal, no podrá exceder el termino máximo de 1 año (un año), y solo en casos excepcionales y previa fundamentación podrá prorrogarse por 6 meses más. Superados dichos lapsos debe ser absorbido por ente requirente o, en caso contrario retornar a su lugar de origen. Los plazos señalados comenzarán a computarse a partir de la fecha de sanción de la Ordenanza que apruebe el presente, careciendo lo dispuesto de retroactividad alguna”. Contando con el aval de ambas dependencias y en virtud de lo establecido por la Junta de Calificaciones, Ascensos y Promociones a fs. 5, por la Subdirección de Capital Humano a fs. 6 y a fin de dictar el acto administrativo correspondiente; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
PRIMERO: Adscribir a Casa Abrigo II (oficina Nº713) a la agente Elva FIGUEROA, legajo Nº15.621, categoría 05/4B, dependiente de Mamás Cuidadoras (oficina Nº564), manteniendo su jornada horaria de treinta (30) horas semanales y su categoría efectiva, a partir de su notificación y por el termino de seis (6) meses.
SEGUNDO: Cúmplase, Notifiquese, tome nota Departamento Administración del Personal, Mamás Cuidadoras, Casa Abrigo II, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; dése al RO y ARCHIVESE.