Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº2053

Resolución Nº 2053

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 23/09/2021

VISTO la nota presentada por JORGE ADRIÁN IOMMI, DNI Nº 8.188.193, solicitando que los pagos efectuados desde enero de 2017 hasta diciembre de 2018 sobre la Partida 155312 sean reasignados a la Partida 155300, y;

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Catastro a fojas 43 informa que Carlos Enrique Nagelsmit es titular y responsable de pago de la Partida Nº 155312, y Jorge Adrián Iommi lo es de la Partida 15530. Así mismo, informa que, no se han emitido certificados de deuda en el periodo solicitado en el sector de escribanía;

Que el Departamento Recaudación a fojas 46 sugiere debitar de la Partida Nº 155312 los pagos realizados desde la cuota 1 a 6/2017 recibo 2016996435 y las cuotas 2 a 12/2018 recibo 2020221197 en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, y acreditarlo a la deuda que registra la Partida 155300 por iguales conceptos;

Que el Artículo Nº 41 de la Ordenanza Fiscal expresa:”...Es facultad del Departamento Ejecutivo el resolver la acreditación o devolución, de oficio o a pedido del interesado, de las sumas que resulten a beneficio del contribuyente o responsable por pagos indebidos o excesivos. Los contribuyentes podrán solicitar la imputación de los saldos acreedores para la cancelación de la deuda emergente de nuevas declaraciones juradas correspondientes al mismo tributo, siendo facultad de esta Comuna aceptar o rechazar dicha solicitud...”;

Por todo ello, la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PÚBLICOS, en el uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 3211/2019;

- RESUELVE -

ARTÍCULO 1º) Debitase de la Partida Nº 155312, los valores correspondientes a los recibos 2016996435 y 2020221197, por cuotas 1 a 6/2017 y 2 a 12/2018 en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.-

ARTÍCULO 2º)- Acreditase a la deuda que registra la Partida Nº 155300, los pagos realizados mediante recibos 2016996435 y 2020221197, por cuotas 1 a 6/2017 y 2 a 12/2018 en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, en un todo conforme a lo previsto en el Artículo Nº 41 de la Ordenanza Fiscal vigente.

ARTÍCULO 3º)- Hágase saber a JORGE ADRIÁN IOMMI, DNI Nº 8.188.193 que deberá presentar ante el Departamento Recaudación, el comprobante original de pago, a efectos de intervenirlos, atento lo dispuesto en los Artículos Nº 40 y Nº 41 de la Ordenanza Fiscal vigente.-

ARTÍCULO 4º)- Cúmplase, dése al R.O. notifiquese, tome nota Departamento Recaudación. Hecho, ARCHIVESE.-