Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº2302

Decreto Nº 2302

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 14/10/2021

Visto la solicitud de pedido, realizada por la Secretaría de Infraestructura, referidas a la adquisición de hormigón elaborado H30, con destino a diferentes dependencias municipales, conforme a solicitud de pedido N° 4818/2021, Y;

CONSIDERANDO:

                                      Que, se efectuó el correspondiente Concurso de Precios, recibiéndose las propuestas económicas de dos (2) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de las cuatro (4) que fueran invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación;

                                            Que, la Secretaria de Infraestructura a fs. 14 sugiere se adjudique a la empresa JK TRANSPORTES S.A., por mejor oferta económica y por cumplir con las especificaciones requeridas;

                                             Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su Artículo 199 establece: “Es obligación del Jefe de Compras comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad. Será personalmente responsable de los perjuicios que se produzcan a consecuencia de los ingresos que certifique sin estar fundado en la verdad de los hechos. El Intendente lo podrá autorizar, cuando el volumen de trabajo lo justifique, a delegar dicha tarea en otros funcionarios, quienes asumirán la misma responsabilidad establecida precedentemente.”;

                                           Por ello, en virtud de lo sugerido por el Departamento Compras a fs. 15, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

DECRETA

ARTICULO 1º)- Adjudícase a la firma JK TRANSPORTES S.A (Proveedor Nº 5.472), la provisión de hormigón elaborado H30, con destino a diferentes delegaciones municipales, por mejor oferta económica y por la suma total de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS QUINCE MIL  ($1.715.000.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones establecidas en el presente expediente.

ARTICULO 2º)-  Dejase constancia que la responsable de la recepción y control de la mercadería sera la agente Yanina Puyo, Legajo N° 15.356, en un todo en concordancia a lo establecido por el Artículo 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

ARTICULO 3º)- Cúmplase, notifiquese, dése al R.O., tome nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHIVESE.-