Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº2057

Decreto Nº 2057

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 14/09/2021

Visto las presentes actuaciones referidas al Programa “Casa por Casa, Invierno sin
enfermedades respiratorias”, cuyo objetivo principal consiste en contener y disminuir la excesiva demanda en las unidades sanitarias y Centros de Salud de casos con enfermedades respiratorias, implementando diferentes acciones preventivas tales como visitas domiciliarias a familias integradas
por menores de un (1) año, a partir del mes de Mayo, por el termino de cuatro meses; y dándole continuidad  hasta el 30 de Noviembre del 2021; conforme lo solicitado por el Subsecretario de Atención Integral de la Salud a fojas 294, con la aprobación de la Secretaria de Salud.

Considerando que en este año 2021, atravesado por la pandemia de SARS-CoV2,
esta actividad sera reforzada y complementada en un abordaje integral de salud, por lo cual cada visita domiciliaria la llevaran a cabo dos agentes de salud, una profesional en enfermería y otro profesional del equipo que realice la promoción y prevención en hábitos saludables, ademas detección de situaciones de vulnerabilidad. Que la tarea que se requiere a las agentes municipales debe ser realizada fuera de las Unidades Sanitarias y establecimientos de Salud, y fuera del horario de su jornada habitual.

Que por Decreto 1421/2021 se estableció un Adicional Fijo no Remunerativo de pesos cuatrocientos (400) con el fin de proceder al pago de la tarea realizada, por cada una de las visitas domiciliarias que se realicen en el marco del Programa “Casa por Casa – Invierno sin enfermedades respiratorias”, obrante a fojas 292 y 293 del presente. 

Que a fs. 295 y 296, se informa la actividad extra muro y a contra turno desarrollada durante la segunda etapa, comprendida entre el 01 de Julio y el 31 de Agosto del 2021, por el personal dependiente de la Secretaria de Salud.
                      Que de fojas 297 a fojas 697, constan copias de las fichas de revelamiento de atención correspondientes a lo informado precedentemente.

  Teniendo en cuenta la imputación de la Subdirección de Presupuesto, y Contaduría General a fojas 4, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

DECRETA

ARTICULO 1º) - Autorízase al Dpto. Administración del Personal el pago correspondiente a la segunda parte de visitas, desde el 1 de julio y el 31 de Agosto de 2021, realizadas en el marco del Programa “Casa por Casa – Invierno sin enfermedades respiratorias”, Adicional Fijo No Remunerativo creado por Decreto 1421/2021, de los agentes municipales detallados a continuación, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente acto resolutivo:

 

APELLIDO

NOMBRE

LEGAJO

  VISITAS

IMPORTE A ABONAR

1

ARAMBURU

Romina

13567

107

$ 42800,00

2

PALACIO

Monica Iris

11666

107

         $ 42800,00

3

ARRIOLA

Paola

16365

94

$ 37600,00

4

CASQUERO

Soledad

14795

94

$ 37600,00

5

CLEMANT

Ania

21417

36

$ 14400,00

6

ALVAREZ

Maricel

16360

48

$ 19200,00

7

STORNIOLO

Mariela

21418

28

$ 11200,00

8

LANARI

Gisela

15864

34

$ 13600,00

9

CISNEROS

Flavia

15311

34

$ 13600,00

10

CAMPAGNA

Edith

6150

61

$ 24400,00

11

PEÑA

Analia

16549

86

$ 34400,00

12

MASPOLI

Ana Maria

11957

25

$ 10000,00

13

PAEZ

Mariana

14667

22

$ 8800,00

TOTAL A ABONAR                                                                                                           $310.400,00

 

ARTICULO 2º)- El gasto por un monto de Pesos trescientos diez mil cuatrocientos  ($310.400,00) deberá imputarse a la Fuente 110 Jurisdicción 1110107000 Cat. Prog. 010100 Gasto 1173  y 1262.

ARTICULO 3º)- Cúmplase, tomen nota Departamento de Administración de Personal, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, Subsecretaria de Atención Integral de la Salud, dese al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-