Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº1851

Resolución Nº 1851

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 26/08/2021

Visto las presentes actuaciones, atento la nota presentada a foja 2 por VICTORIA KLAPPENBACH, DNI N° 29.085.680, y GERMAN ACIMOFF, DNI N° 20.561.628, por la cual solicitan la exención en el pago de los Derechos de Construcción correspondientes al expediente Nº 72-K-2015, Partida N° 189.443, y;

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 7 el Departamento Contralor Obras Particulares informa que el expediente Nº 72-K-2015 fue aprobado el 28 de mayo de 2015 y que el monto correspondiente a Derechos de Construcción asciende a la suma de $14.740,99;

Que, la Ordenanza Nº 17.112 en su Artículo Nº 5 prescribe: “Exímase del pago de los Derechos de Construcción establecidos en el Título IX, Parte Especial de la Ordenanza Fiscal y Capítulo IX, de la Ordenanza Impositiva a las edificaciones que se efectúen en el marco del PROGRAMA CREDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA UNICA FAMILIAR (PRO.CRE.AR.), de conformidad con las pautas que se establezcan en el contrato de fideicomiso previsto por el Artículo 10º y ccs. del Decreto PEN 902/12.-”;

Que, el Artículo Nº 40 de la Ordenanza Fiscal vigente prescribe: “Es facultad del Departamento Ejecutivo el resolver la compensación, de oficio o a pedido del contribuyente, de los saldos acreedores que mantengan ante esta Comuna con los importes o saldos adeudados por los mismos por gravámenes de cualquier naturaleza, aunque se refieran a distintas obligaciones impositivas, salvo cuando se opusiera y fuera procedente la excepción por prescripción. La compensación deberá hacerse, en primer término, con las multas y recargos que adeude...”;

Por todo ello, y en virtud de lo informado por el Departamento Recaudación a fojas 13, el  INTENDENTE MUNICIPAL  en uso de sus facultades:

-R E S U E L V E-

ARTICULO 1º):  Exímase a la Partida Inmobiliaria N° 189.443, del pago de los Derechos de Construcción correspondientes al expediente Nº 72-K-2015, en un todo de acuerdo a lo prescripto por el Artículo Nº 5 de la Ordenanza N° 17.112 y a los considerandos de la presente resolución.

ARTICULO 2º):  Debítase de la Partida N° 189.443 la suma de PESOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($31.286,44), en concepto de Derechos Construcción, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº 40 de la Ordenanza Fiscal vigente.

ARTICULO 3º): Acreditase al Recibo N° 26402629, la suma de PESOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($31.286,44), en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº 40 de la Ordenanza Fiscal vigente.

ARTICULO 4º): Cúmplase, notifíquese, dése al RO, tome nota a sus efectos Departamento de Recaudación; y hecho, ARCHIVESE.