Boletines/Tandil
Ordenanza Nº 17353/2021
Tandil, 14/10/2021
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Declárase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la obra " Plan de Repavimentacion Urbano en Asfalto Caliente" según lo detallado a continuacion:
1) Av. Alvear entre Larrea y Loberia.
2) Av. Alvear entre Loberia y Fugl.
3) Av. Alvear entre Fugl y Chile.
4) Av. Alvear entre Chile y Callao.
5) Av. Alvear entre Callao y Juncal.
6) Av. Alvear entre Juncal y Av. Avellaneda.
7) Pinto entre Roca y 11 de septiembre.
8) Belgrano entre Alsina y Roca.
9) Ituzaingo entre Av. Monseñor de Andrea y Viamonte.
10) Machado entre Av. Colón y Paz.
11) Movediza entre Urquiza y Pasteur
12) Movediza entre Pasteur y Ameghino.
13) Ituzaingo entre Artigas y Ezeiza.
ARTÍCULO 2º: El prorrateo del costo de la obra a asumir por los vecinos se realizará por metro cuadrado por unidad de frente, de acuerdo a los valores fijados en el Registro de Oposición obrante a fs. 2 del expediente Nº 5891/00/2021.
ARTÍCULO 3º: El pago de la obra a cargo de los propietarios y/o poseedores a título de dueño podrá efectuarse en 12 (doce) cuotas iguales y consecutivas, con un interes del 1% mensual.
ARTÍCULO 4º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.
Registrada bajo el Nº 17353
REF: Asunto Nº 491/2021 Expte. Nº 2021/05891/00
Firma : Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.) - Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)