Boletines/Tandil

Ordenanza Nº17353/2021

Ordenanza Nº 17353/2021

Tandil, 14/10/2021

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Declárase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la obra " Plan de Repavimentacion Urbano en Asfalto Caliente" según lo detallado a continuacion:

1) Av. Alvear entre Larrea y Loberia.

2) Av. Alvear entre Loberia y Fugl.

3) Av. Alvear entre Fugl y Chile.

4) Av. Alvear entre Chile y Callao.

5) Av. Alvear entre Callao y Juncal.

6) Av. Alvear entre Juncal y Av. Avellaneda.

7) Pinto entre Roca y 11 de septiembre.

8) Belgrano entre Alsina y Roca.

9) Ituzaingo entre Av. Monseñor de Andrea y Viamonte.

10) Machado entre Av. Colón y Paz.

11) Movediza entre Urquiza y Pasteur

12) Movediza entre Pasteur y Ameghino.

13) Ituzaingo entre Artigas y Ezeiza.

ARTÍCULO 2º: El prorrateo del costo de la obra a asumir por los vecinos se realizará por metro cuadrado por unidad de frente, de acuerdo a los valores fijados en el Registro de Oposición obrante a fs. 2 del expediente Nº 5891/00/2021.

ARTÍCULO 3º: El pago de la obra a cargo de los propietarios y/o poseedores a título de dueño podrá efectuarse en 12 (doce) cuotas iguales y consecutivas, con un interes del 1% mensual.

ARTÍCULO 4º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.

Registrada bajo el Nº 17353

REF: Asunto Nº 491/2021    Expte. Nº 2021/05891/00

Firma : Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.)    -    Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)