Boletines/Chascomús
Decreto Nº 756/21
Chascomús, 28/10/2021
LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARCELA RIBEREÑA N° 19
Visto
El Expediente Administrativo N° 4030-155816 mediante el cual tramitará la Licitación Pública N° 19 para la “Parcela Ribereña N° 19”; y
Considerando
Que a través del mismo se tramita la Explotación en Concesión de la Unidad de Servicios Turísticos Parcela Ribereña Nº 19.
Que por Ordenanza 5256/2018 promulgada por Decreto 658/18 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para los llamados a Licitación Pública para la Explotación de las Concesiones Turísticas municipales, y por Ordenanza 5584/2021 promulgada por Decreto Nº 609/2021 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la “Explotación en Concesión de la Unidad de Servicios Turísticos Parcela Ribereña Nº 19”, autorizándose al Departamento Ejecutivo a efectuar el llamado a Licitación Pública a tales fines.
Por ello, el Señor Intendente municipal que suscribe, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Llámese a Licitación Pública N° 19/2021 para la “Explotación en Concesión de la Unidad de Servicios Turísticos Parcela Ribereña Nº 19”.-
ARTICULO 2°.- Establézcase el valor del pliego en la suma de pesos ocho mil ($ 8.000,00), el que podrá adquirirse a partir del día 03 de Noviembre de 2021 y hasta el día hábil anterior de la fecha fijada para la apertura de las propuestas, en horario administrativo en la sede del Palacio Municipal, sito en calle Crámer 270. Las firmas adquirentes, al momento de formalizar la compra del mismo, deberán fijar en forma fehaciente, domicilio legal en la ciudad de Chascomús.-
ARTICULO 3°.- Fíjese para la presentación de la propuesta (sobre N°01 y sobre N° 02) hasta una hora antes de la hora y fecha fijada para el acto de apertura, la que deberá entregarse en la Oficina de Compras Municipal.-
ARTICULO 4°.- Fíjese la fecha de apertura del sobre N°01 para el día 30 de Noviembre de 2021 a las 10.00 hs y sobre N° 02 para el día 07 de Diciembre a las 10.00 hs en el Palacio Municipal.-
ARTICULO 5°.- Autorícese la publicación de avisos por dos días en el “Boletín Oficial” de la provincia de Buenos Aires y en un diario de la localidad de Chascomús, debiendo invitarse a tomar parte de la licitación pública.-
ARTICULO 6°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Oficina de Compras y Suministros, Contaduría y Tesorería.-
ARTICULO 7°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Secretario de Planificación y Turismo (Leandro Otondo) y por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTICULO 8º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-