Boletines/Hipólito Yrigoyen

Decreto Nº896/21

Decreto Nº 896/21

Hipólito Yrigoyen, 13/08/2021

Expediente Nº 4057-1806/21.-

DECRETO Nº 896 /21.-

Visto

Las actuaciones del expediente administrativo 4057-1806/21, mediante el cual mediante el cual   el  Director  de  Obras  Públicas solicita la adquisición de aberturas destinadas a 4 viviendas del BARRIO SOLIDARIDAD.

El convenio IVBA PROGRAMA BONAERENSE II suscripto oportunamente

Que  la  Dirección  de  Obras  Públicas    ha  informado  que  el  material  necesario   adjuntando  planos  correspondientes.-

Considerando

Que   es inminente  la  continuación  del    convenio  suscripto,  para  la  culminación  de  cuatro viviendas .-

Que previamente la Dirección de Compras y Secretaria de Asuntos Legales,  se ha expedido en cuanto al procedimiento para la adquisición, comprendiéndose conforme lo prescribe el art. 151 y 283 bis de la Ley Orgánica para las Municipalidades, correspondiendo llamar a Concurso de  Precios.-

Por ello, haciendo uso exclusivo de las facultades que la ley le confiere EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: LLAMESE A CONCURSO DE PRECIOS Nº  07/2021, para la adquisición de aberturas destinadas a 4 viviendas del BARRIO SOLIDARIDAD en el marco del convenio IVBA PROGRAMA BONAERENSE II, conforme se detalla a continuación y según plano de carpintería (Anexo I que forma parte del presente) correspondiente al prototipo de viviendas PB, según la Dirección de Estudios y Proyectos del Instituto de la Vivienda:

- (V1) 8 UNIDADES

- (PV2 –V2) 4 UNIDADES

- (V3) 4 UNIDADES

- (PV1-V4) 4 UNIDADES

- (P1) 4 UNIDADES

- (P2) 8 UNIDADES

- (P3) 4  UNIDADES

 

ARTICULO SEGUNDO: FÍJESE la fecha de apertura de sobres de ofertas para el día 24 de Agosto de 2021, a las 11 hs. en la Oficina Secretaria de Gobierno y Hacienda de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen. -

 

ARTICULO TERCERO: FÍJESE de fecha de entrega  de propuestas hasta el día 24 de Agosto de 2021 inclusive, hasta el horario de 10.30 hs, en la mesa de entradas de la Municipalidad. -

 

ARTICULO CUARTO: ESTABLEZCANSE los siguientes requisitos de presentación de cotización: a) Los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen. b) La formulación de la oferta implica el conocimiento y aceptación de todas las condiciones pactadas en el presente Decreto y su sometimiento a todas sus disposiciones de la Ley Orgánica Municipal y Reglamento de Contabilidad.  c) Las ofertas deberán confeccionarse en forma clara y precisa, y deberán presentarse en el formulario que al efecto extienda la Dirección de Compras o de la forma que la misma lo establezca. d) Toda la documentación que integre la oferta o precio deberá estar foliada en todas sus hojas y firmada por quien detente el uso de la firma social o poder suficiente, en su caso. Si se trata de una persona jurídica, la oferta la deberá realizar el representante legal de la sociedad  o apoderado con poder especial o general de administración. Asimismo se deberá acompañar la respectiva documentación a saber: contrato social, y acta de designación del representante, y copia de los instrumentos mencionados ut supra que acrediten el mandato, si correspondiere. e) Toda raspadura, tachadura o enmienda debe ser debidamente salvada por los oferentes, en caso contrario la oferta será rechazada.  f)  La cotización deberá efectuarse en pesos, deberá especificar el precio unitario del bien, en números y letras y en números por el total general de la propuesta. De existir discrepancias entre números y letras, prevalecerá el monto expresado en letras. Los precios unitarios cotizados, serán expresados en pesos con dos decimales. g) A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Comitente actúa como Consumidor Final. h) La Municipalidad de Hipólito Yrigoyen no reconocerá ningún cargo por ningún concepto, más allá de los precios cotizados. Todos los aranceles, tasas, fletes y aranceles o impuestos para inscripciones en los pertinentes registros de propiedad, y otros gastos involucrados, correrán por cuenta exclusiva de los Oferentes o de los  Adjudicatarios, según corresponda.------------

 

ARTICULO QUINTO: DESE intervención a la Dirección de Compras para dar prosecución al Concurso de Precios, conforme lo establecido por el art 153 de la Ley Orgánica para las Municipalidades, y art. 191 y 192 del Reglamento de Contabilidad.  -

 

ARTICULO SEXTO: DESIGNESE a la Comisión Municipal Permanente de Evaluación de Ofertas de Concursos y Licitaciones, instituida por Decreto Nº 303 /16 como responsable de evaluar y dictaminar en relación a las ofertas recibidas, sobre la conveniencia, aceptación y/o rechazo de las mismas conforme las prescripciones de la Ley Orgánica Municipal y el Reglamento de Contabilidad correspondiente. Al efecto, cumplidas que sea el procedimiento, DESE intervención a dicho Organismo para el cumplimiento del cometido para el cual fue creado.-

 

ARTICULO SEPTIMO: Regístrese, Publíquese y cumplido Archívese.-

 

 

 

SECRETARIO DE GOBIERNO Y HACIENDA                                                   INTENDENTE MUNICIPAL

               Dr. Martín Arpigiani                                                                              Cdor. Luis Ignacio Pugnaloni

Anexos

ANEXO I

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