Boletines/Hipólito Yrigoyen
Decreto Nº 861/21
Hipólito Yrigoyen, 10/08/2021
Expediente N° 4057- 1814/21.-
DECRETO Nº 861/21.-
Visto
Las actuaciones administrativas Expediente N° 4057- 1814/21 mediante las cuales, la Dirección de Obras Publicas solicita la adquisición de hormigón elaborado para la construcción de 13 plateas de fundación.
Considerando
Que mediante la Ordenanza Nº78/2020 y Decreto de Promulgación 33/21 se autoriza a suscribir el PROGRAMA BONAERENSE II - CONVENIO CONSTRUCCION DE 25 VIVIENDAS EN HIPOLITO YRIGOYEN.-
Que en este contexto, la Comuna suscribe con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires un convenio a fin de prestar asistencia financiera al Municipio, para la construcción de 25 viviendas, en conformidad con los lineamiento técnicos establecidos en el IF-2020-24078679-GDEBA-IVMIYSPGP, lo establecido en el decreto Ley nro 9104/78, las resoluciones Reglamentarias IVBA nro 919/92, nro.4522/00, para la asistencia para fortalecer acciones con incidencia directa en el desarrollo regional, incluso social, y promoción de la calidad de vida de los habitantes del distrito.
Que en este marco el mentado Ministerio transfiere a la Comuna, la suma de $2.284.750, 00 en REDO N° 24 al Programa Bonaerense II, Construcción de 25 Viviendas en Hipólito Yrigoyen conforme el convenio suscripto para materiales y mano de obra del emprendimiento.-
Que en este sentido, la Dirección de obras Públicas solicita, en un principio, la 13 viviendas cuyas plateas de fundación serán construidas en base a HORMIGÓN H21 objeto del presente, lo cual se realiza mediante Licitación Privada 10/2021.-
Que actualmente, el área técnica requiere la contratación de mano de obra para la construcción de la platea de hormigón de fundación de 13 viviendas.
Que consecuentemente, la Dirección de Compras ante el requerimiento, solicita el inicio de expediente 4057-1814/21 a fin de dar curso al procedimiento específico de contratación.
Que por su parte, la Ley Orgánica para las Municipalidades establece en el art. 283 bis la actualización de los valores que rigen en relación a los artículos 133, 138, 145, 151, 152, 159, 191 y 223 de la misma.-
Que previamente la Dirección de Compras y Secretaria de Asuntos Legales se ha expedido en cuanto al procedimiento para la adquisición, comprendiéndose conforme lo prescribe el art. 133, 153 Y CONC, Y 283 bis de la Ley Orgánica para las Municipalidades, correspondiendo llamar a Licitación Privada.-
Que la Contaduría Municipal a fs. 09 se ha expedido en relación a las partidas con las cuales serán atendidas las erogaciones pertinentes que demanden la obra.-
Que mediante PLAN BONAERENSE II expediente 4057- 1401/20 se procederá a la construcción de 13 viviendas cuyas plateas de fundación serán construidas en base a HORMIGÓN H21 objeto del presente.
Que en este marco el mentado Ministerio transfiere a la Comuna, la suma de $2.284.750,00 para la adquisición del hormigón conforme el anexo I.
Que en este sentido, la Dirección de obras Públicas solicita, en un principio, la adquisición de hormigón elaborado.
Que consecuentemente, la Dirección requirente solicita el inicio de expediente 4057- 1814/21, a fin del trámite del procedimiento específico de adquisición de hormigón elaborado.
Que por su parte, la Ley Orgánica para las Municipalidades establece en el art. 283 bis la actualización de los valores que rigen en relación a los artículos 133, 138, 145, 151, 152, 159, 191 y 223 dela misma.
Que previamente la Dirección de Compras y Secretaria de Asuntos Legales se ha expedido en cuanto al procedimiento para la adquisición, comprendiéndose conforme lo prescribe el art. 133, 153 y conc, y 283 bis de la Ley Orgánica para las Municipalidades, correspondiendo llamar a Licitación Privada.
Que la Contaduría Municipal se ha expedido en relación a las partidas con las cuales serán atendidas las erogaciones pertinentes que demanden la obra.-
Por ello, haciendo uso exclusivo de las facultades que la ley le confiere EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: LLAMESE A LICITACION PRIVADA N° 10/2021, conforme a los argumentos vertidos en el exordio del presente, para la adquisición de hormigón elaborado para la construcción de plateas de fundación conforme se detalla a continuación:
La construcción de las plateas de fundación se llevará a cabo mediante la contratación de la provisión de hormigón elaborado H-21.
Incluye la elaboración y trasporte a la obra de referencia, sito en calles René Favaloro, entre calles Rivadavia, Tomás Espora y Avenida San Martín.
El lugar tiene buenos accesos (suelo natural- tierra), con buena compactación y amplitud para maniobras.
El vertido se realizará utilizando la bandeja del mixer para distribuir el colado del material en toda la superficie de cada platea, para facilitar la labor de los trabajadores que realizan las mismas. Al ser viviendas individuales (no pareadas) se facilita el acceso para el vertido en todo el perímetro.
Se calculan unos 9,5 m3 por unidad de platea, lo que significa un total de 123.5 m3 para esta etapa.
Se adjuntan planos de: platea escala 1:50 e implantación (a modo ilustrativo, con idénticas dimensiones a las del plano).
Se deberá coordinar la entrega con la Dirección de obras públicas del Municipio de Hipolito Yrigoyen.-
ARTICULO SEGUNDO: APRUEBESE Pliego de Cláusulas Generales y Pliego de Cláusulas Particulares, que forman parte del presente como ANEXO l, con los formularios que lo integran:
ARTICULO TERCERO: FÍJESE la fecha de apertura de sobres de ofertas para el día 17 de Agosto de 2021, a las 10.30 hs. en la Oficina de Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen.
ARTICULO CUARTO: FÍJESE de fecha de entrega de propuestas hasta el día 17 de Agosto de 2021 inclusive, hasta el horario de 10.00 hs, en la Dirección de Compras de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen.
ARTICULO QUINTO: Establézcase como presupuesto Oficial la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($2.284.750,00). Que la obra será financiada en su totalidad por la siguiente partida: Jurisdicción 1110106000. Secretaria de Obras Públicas, Categoría Programática 16.86.00. Programa Bonaerense II- Construcción de 25 viviendas. Fuente de financiamiento 132 de Origen Nacional. Recurso afectado 37.5.02.01. Programa Bonaerense II- Construcción de 25 viviendas; Partida del Gasto 4.2.1.0 Construcción en bienes de dominio privado.-
ARTÍCULO SEXTO: Las ofertas deberán cumplimentar con los requisitos detallados en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares y sus respectivos formularios que forman parte del presente Los Oferentes deberán presentar los Documentos que integren su propuesta en un sobre cerrado, debidamente firmado y consignando en el mismo los siguientes elementos:
COMITENTE: MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN.
LICITACION PRIVADA N° 10/2021
DENOMINACION: LICITACIÓN PRIVADA PARA LA COMPRA DE HORMIGÓN ELABORADO
FECHA DE APERTURA: 17 de AGOSTO de 2021
HORA DE APERTURA: 10.30 hs
LUGAR: SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA. MUNICIPALIDAD DE
HIPOLITO YRIGOYEN.
ARTÍCULO SEPTIMO: ESTABLEZCANSE los siguientes requisitos de presentación de cotización, como así también los establecidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares: a) Los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen. b) La formulación de la oferta implica el conocimiento y aceptación de todas las condiciones pactadas en el presente Decreto, los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares y su sometimiento a todas sus disposiciones de la Ley Orgánica Municipal y Reglamento de Contabilidad. c) Las ofertas deberán confeccionarse en forma clara y precisa, y deberán presentarse en el formulario que al efecto extienda la Dirección de Compras o de la forma que la misma lo establezca y conforme el Pliego de Bases y Condiciones, d) Toda la documentación que integre la oferta o precio deberá estar follada en todas sus hojas y firmada por quien detente el uso de la firma social o poder suficiente, en su caso. Si se trata de una persona jurídica, la oferta la deberá realizar el representante legal de la sociedad o apoderado con poder especial o general de administración. Asimismo se deberá acompañar la respectiva documentación a saber: contrato social, y acta de designación del representante, y copia de los instrumentos mencionados ut supra que acrediten el mandato, si correspondiere. e) Toda raspadura, tachadura o enmienda debe ser debidamente salvada por los oferentes, en caso contrario la oferta será rechazada. f) La cotización deberá efectuarse en pesos, deberá especificar el precio unitario del bien, en números y letras y en números por el total general de la propuesta, De existir discrepancias entre números y letras, prevalecerá el monto expresado en letras. Los precios unitarios cotizados, serán expresados en pesos con dos decimales. g) A los efectos del impuesto al Valor Agregado (IVA), el Comitente actúa como Consumidor Final.
ARTÍCULO OCTAVO: Las propuestas se abrirán el día y en la hora indicada, en presencia de las autoridades correspondientes e interesados que concurran, labrándose acta que será firmada por los representantes de la Municipalidad y demás asistentes del acto de apertura que así lo deseen. Si el día fijado para la apertura de sobres fuera feriado o lo declarasen asueto administrativo, el acto tendrá lugar el primer día hábil siguiente a la misma hora.
ARTICULO NOVENO: La Municipalidad de Hipólito Yrigoyen no reconocerá ningún cargo por ningún concepto, más allá de los precios cotizados. Todos los aranceles, tasas, fletes o impuestos para inscripciones en los pertinentes registros de propiedad, visado y registro de planos, y otros gastos involucrados, correrán por cuenta exclusiva de los Oferentes o de los Adjudicatarios, según corresponda. Con respecto al flete, será a cargo del oferente, y la mercadería será puesta en la ciudad de Henderson en el lugar que indique la Comuna,-
ARTICULO DECIMO: La adjudicación se efectuará conforme la Ley Orgánica Municipal y Reglamento de Contabilidad, y los Pliego de Cláusulas Generales y Pliego de Clausulas Particulares, que forman parte del presente, y sus respectivos Anexos.- En consecuencia, la Comuna resulta facultada para contratar podrá rechazar las propuestas o adjudicar, conforme a la mencionada normativa, sin que esto dé derecho alguno a los Oferentes cuyas propuestas fueron rechazadas.
ARTICULO DECIMO PRIMERO: DESIGNESE a la Comisión Municipal Permanente de Evaluación de Ofertas de Concursos y Licitaciones, instituida por Decreto N° 303 /16 como responsable de evaluar y dictaminar en relación a las ofertas recibidas, sobre la conveniencia, aceptación y/o rechazo de las mismas conforme las prescripciones de la Ley Orgánica Municipal y el Reglamento de Contabilidad correspondiente. Al efecto, cumplidas que sea el procedimiento, DESE intervención a dicho Organismo para el cumplimiento del cometido para el cual fue creado.-
ARTICULO DECIMO SEGUNDO: Dese intervención a la Dirección de Compras, a efectos de proceder a dar cumplimiento al llamado a Licitación Privada, y oportunamente, a la Secretaria de Gobierno a fin de la apertura de las ofertas, posteriormente al resto de las áreas intervinientes,
ARTICULO DECIMO TERCERO: Regístrese, notifíquese, comuníquese y cumplido archívese.
SECRETARIO DE GOBIERNO Y HACIENDA INTENDENTE MUNICIPAL
Dr. Martín Arpigiani Cdor. Luis Ignacio Pugnaloni
ANEXO
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