Boletines/Daireaux

Ordenanza Nº2431/2021

Ordenanza Nº 2431/2021

Daireaux, 23/08/2021

Que mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N°902 de fecha 12 de junio de 2012 el Estado Nacional resolvió la creación del FONDO FIDUCIARIO PUBLICO denominado PROGRAMA CREDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA UNICA FAMILIAR (Pro.Cre.Ar), cuyo objeto es facilitar el acceso a la vivienda propia de la población y la generación de empleo como políticas de desarrollo económico y social.

Que el fideicomiso está conformado, entre otros bienes, con recursos públicos para atender en forma integral el desarrollo de proyectos urbanísticos y lotes con servicio destinado a familias e individuos.

Que se encuentra en implementación el PROGRAMA CREDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA UNICA FAMILIAR DOS- CASA PROPIA (PRO.CRE.AR II- CASA PROPIA) una política de alcance federal que busca reducir el déficit habitacional, garantizar el derecho a la vivienda y promover su acceso igualitario.

Que es función del Estado Municipal realizar sus mayores esfuerzos a los efectos de colaborar en todo cuanto resulte necesario para facilitar la construcción de viviendas bajo los programas mencionados generando alternativas que fomenten, permitan y logren el acceso a una vivienda digna para sus vecinos.

Por ello;

ORDENANZA

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la  venta de:

  1. 37 lotes ubicados en la ciudad de Daireaux, obtenidos mediante el Consorcio Urbanístico suscripto por el Municipio y los Sres./ ras BASUALDO Carmen Noemí, SANCHEZ Roberto Oscar, SANCHEZ Raúl Omar, SANCHEZ

María Norma y SANCHEZ María Patricia aprobado por Ordenanza 2415 /2021 decreto de promulgación N° 685/2021.-

  1. 20 lotes ubicados en la localidad de Salazar identificados catastralmente como: Circ: VIII, Secc: C, Chacra: 1, Mza: 1d, Parcelas: 1 a 20, conforme plano aprobado N° 19-08-2013.

ARTÍCULO 2°: Dichos lotes serán destinados exclusivamente al PROGRAMA CREDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA UNICA FAMILIAR DOS- CASA PROPIA (PRO.CRE.AR II- CASA PROPIA).

ARTICULO 3º: : La venta se realizará a favor de aquellas personas que acrediten una residencia mínima de dos (2) años en el partido de Daireaux y cuenten con el crédito aprobado por parte del Banco Hipotecario S.A o por quien se designe en su reemplazo por parte del Ministerio del Interior, Obras Publicas y Vivienda de la Nación-

ARTÍCULO 4º: Cada lote tendrá un valor de Pesos Quinientos Mil ($ 500.000).Dicho monto deberá ser cancelado antes de la firma de la escritura traslativa de dominio, sin excepciones.-

ARTICULO 5o: Los fondos obtenidos por la venta de los lotes arriba citados serán ingresados al rubro del Cálculo de Recursos N°1291200 “Banco de Tierras”.

ARTICULO 6º: DE FORMA.-