Boletines/Nueve de Julio
Ordenanza Nº 6554/2021
Nueve de Julio, 14/10/2021
LOTE PROGRAMA “PLAN FAMILIA PROPIETARIA” - AUTORIZA A ESCRITURAR CON GRAVAMEN HIPOTECARIO. acuerda y sanciona la siguiente: VISTO:
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 4082-1929/2014.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad a la Ordenanza Nº 5968 obrante a fojas 31, Acta de adjudicación de fojas 33 y boleto de compraventa de fojas 48 del expediente referenciado en el Visto de la presente, resulta adjudicataria del lote identificado como Circunscripción XV, Sección B, Chacra 173, Manzana 173 t, Parcela 05 de 9 de Julio, la señora GISELA PAOLA BRUNO (D.N.I. Nº 32.788.022). Que a fojas 53 a 57 consta informe de avance de obra y ocupación y el señor Secretario de Vivienda y Urbanismo a fojas 58 considera cumplido el cargo de construcción. Que a fojas 61/62 del expediente referido en el Visto, la Dirección General de Ingresos Públicos adjunta deuda por reintegro de plan familia propietaria. Que a fojas 60 obra minuta contable a los fines de constituir hipoteca en primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio. Que de conformidad al Artículo 54 y concordantes de la ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta de bienes de la Municipalidad.
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase al Señor Intendente Municipal conjuntamente con la Escribanía General de Gobierno a extender la escritura traslativa de dominio del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XV, Sección B, Chacra 173, Manzana 173 t, Parcela 05 de 9 de Julio perteneciente al Programa “Plan Familia Propietaria”, en favor de la señora GISELA PAOLA BRUNO (D.N.I. Nº 32.788.022), con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio conforme el precio de venta de la vivienda. ARTICULO 2º: Establézcase hipoteca de primer grado en favor de la Municipalidad de 9 de Julio, de conformidad a la siguiente minuta contable : - Precio de Venta sin interés al 17/06/2021: pesos veinticuatro mil ($ 24.000). - Valor de las cuotas sin interés: pesos cuatrocientos ($ 400). - Cantidad de cuotas: sesenta (60) - Cuotas abonadas: una (1) - Saldo hipotecario sin interés a junio de 2021: pesos veintitrés mil seiscientos ($ 23.600). - Saldo hipotecario con interés a junio de 2021: pesos veinticinco mil ciento cincuenta y siete con 40/100 ($ 25.157,40).
ARTICULO 3º: Declárese de Interés Social en los términos del Artículo 4º inciso d) de la Ley 10.830 la escrituración de la venta del lote a favor de la beneficiaria procediéndose a su escrituración por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, autorizándose a escriturar el inmueble objeto de la presente con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio.
ARTÍCULO 4º: En la escritura deberá dejarse constancia que “la beneficiaria no podrá transferir el lote por el término de cinco (5) años, bajo condición resolutoria y que se compromete a que la construcción levantada en el terreno entregado será destinada a vivienda única y de ocupación permanente del grupo familiar. Su incumplimiento dará derecho a la revocación del dominio mediante retrocesión”.
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.