Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº1753/21

Decreto Nº 1753/21

General Pueyrredon, 07/10/2021

Visto

el Decreto Provincial N° 644/2020, las Resoluciones N° 453/2020; 654/2020 y 745/2020 del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica y las Resoluciones Conjuntas N° 1/2020; 2/2020; 4/2020 y 3/2021 del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica y del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires, y

Considerando

Que por el referido Decreto se creó un “Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística”, con el objetivo de contribuir financieramente a los Municipios en los gastos necesarios para brindar apoyo a las actividades culturales y turísticas afectadas por el COVID-19.

 

Que el citado Fondo se conformó con recursos de Rentas Generales de la Provincia, Aportes del Tesoro Nacional y/o cualquier otra fuente que al efecto determine el Ministerio de Hacienda y Finanzas, en virtud de lo establecido en el artículo 2º.

 

Que por la Resolución N° 453/2020 del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica se creó el “Catálogo de Establecimientos Turísticos y Culturales de la Provincia de Buenos Aires” cuyo fin consiste en recabar la información necesaria para la creación de un mapa que permita visualizar la composición y distribución del entramado turístico - cultural bonaerense, que permita formular políticas adecuadas, en el marco de las emergencias productiva y sanitaria declaradas en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, y de este modo asistir de manera eficiente a las problemáticas identificadas, con el objetivo de fomentar el mantenimiento y la generación de empleo.

 

Que la inscripción al citado Catálogo es requisito obligatorio para acceder a los beneficios establecidos en el artículo 1° del Decreto N° 644/2020.

 

Que por Resolución Conjunta Nº: RESOC-2021-3-GDEBA-MPCEITGP, ANEXO I, se aprobó la reglamentación de la Tercera Edición del “Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística".

 

Que en sus considerandos, la Resolución Conjunta Nº: RESOC-2021-3-GDEBA-MPCEITGP determina que, esta nueva edición del Fondo debiera contemplar como beneficiarios, a aquellos establecimientos que el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica estime convenientes, de acuerdo a las particularidades de cada sector. En tal sentido, propicia que esta nueva edición del Fondo se enfoque exclusivamente a establecimientos sin ningún grado de participación estatal, con la intención de potenciar el alcance del Tercer Fondo específicamente en los sectores privados más damnificados durante la pandemia.

 

Que, por lo mencionado, serán beneficiarios todos los establecimientos de gestión privada, cooperativa o independiente y otros que no sean de gestión pública, mixta, provincial o municipal inscriptos y validados en el Catálogo, de las categorías siguientes: Turismo de naturaleza; Turismo rural; Deportes turísticos; Turismo de incentivos; Hoteles; Salones y estancias para eventos; Servicio de Alojamiento; Agencias de viaje; Museos; Teatros; Bibliotecas; Establecimientos culturales independientes; Ferias; Archivo histórico; Establecimientos vinculados a la música; Salas de exhibición; Instituciones culturales educativas.

 

Que en su artículo 4º, la Resolución Conjunta Nº: RESOC-2021-3-GDEBA-MPCEITGP establece que el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica analizará las adhesiones enviadas por los Municipios y, en los casos en que corresponda, determinará el monto a transferir a cada uno de ellos, fijando los montos a otorgar a cada uno de los establecimientos verificados, mediante la emisión del correspondiente acto administrativo, el que será comunicado al municipio requirente y al Ministerio de Hacienda y Finanzas.

 

Que la Resolución Nº RESO-2021-452-GDEBA-MPCEITGP, ANEXO I, del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia de Buenos Aires, de fecha 20/07/2021, aprobó la adhesión del Municipio de General Pueyrredon a la “Tercera edición del Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística".

 

Que en el ANEXO II de la Resolución mencionada en el párrafo precedente se determinan las PAUTAS DE DISTRIBUCIÓN de los fondos, estableciendo sus destinatarios por grupos y por rubro, así como los valores de referencia que corresponderán a cada establecimiento; y en el ANEXO III se indican los MONTOS DE DISTRIBUCIÓN que debe respetar cada Municipio, según tipo de establecimiento.

 

Que para concretar el objeto de la Tercera Edición del “Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística”, el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, de la Provincia de Buenos Aires aportó a este Municipio la suma de PESOS VEINTIDÓS MILLONES SETECIENTOS SETENTA MIL ($ 22.770.000.-) en concepto de aportes no reintegrables para los espacios culturales y establecimientos turísticos que se hayan inscriptos y validados en el Catálogo al 09/06/2021 inclusive.

 

Que, de acuerdo a la distribución realizada por el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, de la Provincia de Buenos Aires, para el Municipio de General Pueyrredon queda establecida la suma de PESOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL ($ 9.910.000.-) a distribuir entre los inscriptos en los rubros correspondientes a actividades culturales y la suma de PESOS DOCE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL ($ 12.860.000.-), para los establecimientos inscriptos en los rubros turísticos.

 

Que para el caso particular del rubro CULTURA, los fondos disponibles se distribuirán de forma equitativa entre los espacios inscriptos y convalidados en el “Catálogo de Establecimientos Turísticos y Culturales de la Provincia de Buenos Aires”, conforme a las pautas de distribución y valores de referencia que corresponden a cada grupo determinado en el Anexo II de la Resolución Nº RESO-2021-452-GDEBA-MPCEITGP del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia de Buenos Aires

 

Que diversos colectivos artísticos solicitaron de modo formal que la equidad distributiva fuera el criterio aplicable (nota agregada a fs.110 del Expediente Nº4630, Dígito 9, Año 2020, Cpo.1). Y se consideró esa coincidencia como muy valiosa para ratificar y reforzar el criterio adoptado.

 

Que, de la suma de PESOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL ($ 9.910.000.-) correspondiente a Cultura, la distribución será de la siguiente manera:

 

  • Se distribuirán los PESOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL ($6.440.000-.) correspondientes al tipo de establecimiento ESTABLECIMIENTOS CULTURALES INDEPENDIENTES, COMUNITARIOS, AUTOGESTIVOS Y PRIVADOS dividiéndolos equitativamente entre los OCHENTA Y SIETE (87) inscriptos aprobados, dando un monto de PESOS SETENTA Y CUATRO MIL VEINTIDOS CON 98 centavos ($74.022,98).
     
  • Se distribuirán los PESOS OCHENTA MIL ($80.000.-.) correspondientes al tipo de establecimientos ESTABLECIMIENTOS, ESPACIOS Y COMERCIOS VINCULADOS A LA MÚSICA dividiéndolos equitativamente entre los DOS (2) inscriptos aprobados, dando un monto de PESOS CUARENTA MIL ($40.000.-).
     
  • Se distribuirán los PESOS DOSCIENTOS OCHENTA MIL ($280.000.-) correspondientes al tipo de Establecimiento FERIAS ARTESANALES dividiéndolos equitativamente entre los CINCO (5) inscriptos aprobados, dando un monto de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL ($56.000.-).
     
  • Se distribuirán los PESOS UN MILLÓN CIENTO VEINTE MIL ($1.120.000.-) correspondientes al tipo de Establecimiento INSTITUCIONES CULTURALES EDUCATIVAS dividiéndolos equitativamente entre los DIECISEIS (16) inscriptos aprobados, dando un monto de PESOS SETENTA MIL ($70.000.-).

 

  • Se distribuirán los PESOS SESENTA MIL ($60.000.-) correspondientes al tipo de establecimiento MUSEOS dividiéndolos equitativamente entre los TRES (3) inscriptos aprobados, dando un monto de PESOS VEIENTE MIL ($20.000.-).
     
  • Se distribuirán los PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA MIL ($490.000.-) correspondientes al tipo de establecimiento SALAS DE EXHIBICIÓN dividiéndolos equitativamente entre los SIETE (7) inscriptos aprobados, dando un monto de PESOS SETENTA MIL ($70.000.-).
     
  • Se distribuirán los PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS MIL ($1.400.000.-) correspondientes al tipo de Establecimiento TEATROS dividiéndolos equitativamente entre los VEINTE (20) inscriptos aprobados, dando un monto de PESOS SETENTA MIL ($70.000.-).
     
  • No será posible distribuir PESOS CUARENTA MIL ($40.000.-) correspondientes al tipo de establecimiento BIBLIOTECAS por haber sido dadas de baja la totalidad de las que estaban inscriptas.
     
     
    Que, por todo lo expuesto, se gestiona el otorgamiento de un subsidio de un monto total de PESOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA MIL ($ 9.870.000.-) para los beneficiarios inscriptos  en el catálogo validado, totalizando CIENTO CUARENTA (140) beneficiarios.
     
    Que en una primera etapa cobrarán CIENTO VEINTE (120) beneficiarios que cumplen con la totalidad de la normativa exigida, y que constan en el ANEXO I del presente Decreto.
     
    Que para la primera etapa corresponde imputar la suma de PESOS OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS VEINTITRÉS ($ 8.477.723.-).
     
    Que en una segunda etapa cobrarán aquellos espacios que completen la documentación faltante. Para lo cual corresponde reservar la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE ($ 1.392.277.-).
     
    Que la asistencia financiera debe ser utilizada para la implementación de los protocolos sanitarios imperantes, el acondicionamiento de locales y espacios; así como para gastos generales destinados a la reapertura de las actividades artísticas y culturales (compra de insumos, materiales, equipamiento, gastos de mantenimiento, etc.).
     
    Que corresponde reservar la suma de PESOS DOCE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL ($12.860.000.-) para los inscriptos en el rubro turístico, que serán distribuidos por el EMTUR.
     
    Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
     

   EL INTENDENTE MUNICIPAL

 

D E C R E T A

 

ARTÍCULO 1º.- Autorízase el pago de aportes no reintegrables a los establecimientos y espacios culturales que se detallan en el ANEXO I que forma parte integrante del presente Decreto y por un monto total de PESOS OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS VEINTITRÉS ($ 8.477.723.-).

 

ARTÍCULO 2º.- El importe recibido por parte de los establecimientos beneficiarios deberá ser empleado en:

 

  • Gastos para el acondicionamiento de los locales y espacios a los requisitos establecidos en los protocolos sanitarios correspondientes a las actividades turísticas y culturales.
     
  • Gastos asociados a la reapertura de las actividades (compras de insumos, materiales, equipamiento, mantenimiento de los locales).
     
    ARTÍCULO 3º.- Los espacios/establecimientos beneficiarios del aporte no reintegrable reciben dicho monto con cargo a rendirse, cuyo instructivo forma parte del presente como Anexo II y Nota Modelo como Anexo III.
     
    ARTÍCULO 4º.- Resérvese la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE ($ 1.392.277.-) para afrontar el pago de aportes no reintegrables a los espacios que se encuentran aprobados y a la espera de completar la documentación.
     
    ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Economía y Hacienda y de Cultura.
     
    ARTÍCULO 6º.- Regístrese, publíquese, comuníquese y a sus efectos intervengan la Secretaría de Economía y Hacienda – Contaduría Municipal y la Secretaría de Cultura.
    BALMACEDA    BLANCO    MONTENEGRO

 

 

 

ANEXO I

 

ESPACIOS/ESTABLECIMIENTOS DESTINATARIOS DEL "FONDO ESPECIAL MUNICIPAL PARA LA REACTIVACIÓN CULTURAL Y TURÍSTICA" - DECRETO 644/2020

 

 

POR SECRETARÍA DE CULTURA

 

 

 

 

 

NOMBRE COMERCIAL

Persona Humana o Jurídica

CUIT o CUIL de Persona Humana o Jurídica

MONTO

Ferias artesanales

1

LA FERIA ERRANTE – MEDIEVAL

JOSE ANTONIO PARRONDO

20-18127027-7

$56.000.-

Establecimientos, espacios y comercios vinculados a la música

2

UNMAR

ASOCIACIÓN CIVIL UNIÓN DE MÚSICOS DE MAR DEL PLATA

30-71556390-4

$40.000.-

3

ESPACIO COLECTIVO DE ENSEÑANZA MUSICAL

ICM Improvisación Colectiva en Mar del Plata

30-71192301-9

$40.000.-

Museos

4

CASA MUSEO BRUZZONE

CASA MUSEO BRUZZONE

30-70065583-7

$20.000.-

5

MUSEO NAVAL VITTO DUMA – MAKAO

GABRIELA FLORENCIA VILA

27-22341281-0

$20.000.-

6

ESPACIO PARA LA MEMORIA Y PROMOCIÓN DE DERECHOS HUMANOS EX CCDYT ESIM – FARO DE LA MEMORIA

ASOCIACIÓN CIVIL COLECTIVO FARO DE LA MEMORIA

 

30-71616081-1

$20.000.-

Teatros

7

COLECTIVO CULTURAL A LA VUELTA DE LA ESQUINA

ANGELES MEGÍAS

27-10123293-5

$70.000.-

8

ASOC. PROMO. Y FOM. DEL ARTE EL SEPTIMO FUEGO

CRISTINA VIVIANA RUIZ

23-13267779-4

$70.000.-

9

CUATRO ELEMENTOS ESPACIO TEATRAL

JOSÉ LUIS BRITOS

20-17503820-6

$70.000.-

10

TEATRO VICTORIA

JUAN CARLOS VINCIGUERRA

20-14990592-9

$70.000.-

11

CENTRO CULTURAL DUDÚ

SANDRA LEONOR MADDONNI

27-17018380-6

$70.000.-

12

SALA ARTURO JAURECHE ASOCIACIÓN BANCARIA

ASOCIACIÓN BANCARIA

33-50000999-9

$70.000.-

13

SALA TEATRAL Y ESPACIO MAR DE FONDO

SILVINA SOUTO

27-20726178-0

$70.000.-

14

CENTRO CULTURAL LA GUARIDA

FERNANDO GABRIEL PEREYRA

20-27826811-0

$70.000.-

15

CLUB DEL TEATRO

PAOLA ANDREA BELFIORE

27-23223059-8

$70.000.-

16

CENTRO DE ARTE MAR DEL PLATA

CAM SRL

30-71123989-4

$70.000.-

17

TEATRO OLYMPIA

JORGE ROLANDO MINUE

20-12714814-8

$70.000.-

18

5 SENTIDOS MULTIESPACIO

MIGUEL ALEJANDRO CASTILLO

20-23478274-7

$70.000.-

19

TEATRO EL ÁNGEL

ALZUA PRODUCCIONES SRL

30-71513252-0

$70.000.-

20

TEATRO REFASI

JORGE CANLLO

20-18259683-4

$70.000.-

21

LA MAGA CASA DE TEATRO

NATALIA GABRIELA ELIAS

27-31476988-6

$70.000.-

22

EL VAGON DE LOS TITERES

DANIEL DI LORENZO

20-17208025-2

$70.000.-

23

CIRCO LA AUDACIA

FACUNDO MOSQUERA

20-26122002-5

$70.000.-

24

TEATRIZ CLUB

MUCHAMERDE SRL

30-71538033-8

$70.000.-

25

TEATRO CORRIENTES

JOSE LEANDRO ANGELO

20-29099338-6

$70.000.-

 

Instituciones culturales educativas

 

26

STAR DANCE

VALERIA ALEJANDRA BUELA

27-33784407-9

$70.000.-

27

EUGENIA GARELLO ESTUDIO DE DANZA

MARÍA EUGENIA FERNANDEZ GARELLO

27-32638394-0

$70.000.-

28

CENTRO INTEGRAL NOVO ARS

CESAR MARTÍN BARRIGA

30-71044540-7

$70.000.-

29

EMMANUEL ROBERTO MARÍN

EMMANUEL ROBERTO MARÍN

20-31663535-1

$70.000.-

30

LOS CIENTÍFICOS LOCOS

RICARDO FABIÁN FERNÁNDEZ

20-20421451-5

$70.000.-

31

ESTUDIO DE DANZA ELIZABETH DELFABRO

ELIZABETH DEL VALLE DELFABRO

27-26600787-1

$70.000.-

32

ESCUELA DEL MAR

ESCUELA DEL MAR

30-71452935-4

$70.000.-

33

NATALIA SOLEDAD GIARDINA

NATALIA SOLEDAD GIARDINA

27-28406279-0

$70.000.-

34

TALLER DE MARIONETAS ANIMA

SILVANA SOLEDAD LAVÍTOLA

27-30720585-3

$70.000.-

35

INSTITUTO MUSICAL ROMAIRONE

FERNANDO SERGIO ROMAIRONE

20-16195205-3

$70.000.-

36

ESTUDIO DE DANZA MAGENIA MUGICA

MARIA EUGENIA MUGICA

23-14318857-4

$70.000.-

37

ESCUELA DE HOTELERÍA Y GASTRONOMÍA DIEGEP 1560 - UTHGRA

UNION TRABAJADORES DEL TURISMO HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA SEC MAR DEL PLATA

30-63542130-0

$70.000.-

38

ART AND FLOW

LORENA MARIELA PICCININI

27-27083279-8

$70.000.-

 

Salas de exhibición

 

39

ESPACIO SILENCIO DISPOSITIVO SONORO

FACUNDO MARTÍN PEREYRA

20-26057011-1

$70.000.-

40

CINES AMBASSADOR

TEYCI MAR DEL PLATA SRL

30-69075230-8

$70.000.-

41

CINES DEL PASEO

UNTS SA

30-71513694-1

$70.000.-

42

CINEMA-LOS GALLEGOS SHOPPING

TEYCI MAR DEL PLATA SRL

30-69075230-8

$70.000.-

43

CINES PASEO ALDREY

EMPRENDIMIENTOS TERMINAL S.A.

30-71204514-7

$70.000.-

44

CINE CLUB DYNAMO

CARLOS MULLER

20-25716855-8

$70.000.-

45

NAN ESCUCHA LA MUSICA DE EGGLESTON

WALTER ERFILIO BARRIOS

20-25569829-0

$70.000.-

Establecimientos culturales independientes, comunitarios, autogestivos y privados

46

AMART

MARÍA CECILIA CANDELA

27-27589122-9

$74.022,98

47

CLUB TRI

TRIMARCHI ASOCIACIÓN CIVIL

30-71202812-9

$74.022,98

48

EL TELÓN

LORETO YEOMANS

27-94288543-7

$74.022,98

49

CASA YACUZI

FLORENCIA REISZ

27-31387727-8

$74.022,98

50

EL GALPÓN DE LAS ARTES

CLAUDIA MABEL BALINOTTI

27-14067285-3

$74.022,98

51

ESPACIO LIBERART

MARÍA DE LOS ÁNGELES MARSET

27-20463503-5

$74.022,98

52

CASA POPULAR DE LA CULTURA MAR DEL PLATA

DANIEL ALBERTO BLASINA

20-12359392-9

$74.022,98

53

CENTRO CULTURAL LA CASA DE WILLIAMS

FLORENCIA CORREA

27-18499442-4

$74.022,98

54

RADIO COMUNITARIA DE LA AZOTEA

JAVIER SANTIAGO GERMINARIO

23-26056118-9

$74.022,98

55

MUNDO DIOS

MARIANA PELLEJERO

23-24036773-4

$74.022,98

56

ASOCIACIÓN CIVIL MAREA

YESICA SANTIVECCHI

27-33043128-3

$74.022,98

57

ESPACIO CULTURAL VUESTRA MERCED

ALEJANDRO YAMANDÚ RODRIGUEZ

20-17338838-2

$74.022,98

58

DeReOjo

ROSANA CASSATARO

27-25152363-6

$74.022,98

59

SALTO LUZ FOTOGRAFÍA Y LENGUAJE VISUAL

WALTER ERFILIO BARRIOS

20-25569829-0

$74.022,98

60

CENTRO CULTURAL BRONZINI

FUNDACIÓN BRONZINI

30-71023735-9

$74.022,98

61

EL CAMARÍN

MARÍA BELEN RIVERO

27-25133995-9

$74.022,98

62

GALERÍA ARIEL ETCHEGOYEN

ARIEL ETCHEGOYEN

20-17456159-2

$74.022,98

63

MARIO JAVIER VAZQUEZ  FESTIVAL CAMPO

MARIO JAVIER VAZQUEZ

20-26644802-4

$74.022,98

64

ASOCIACIÓN CIVIL SOL DE

MAYO

SOL DE MAYO

33-71020955-9

$74.022,98

65

LA FOTOTECA RODANTE-CENTRO CULTURAL NÓMADE

MARIANO LARRALDE

20-25174844-7

$74.022,98

66

ESPACIO BUA

MARCELO FORTUNATO

23-31638149-9

$74.022,98

67

EL TALLER ESPACIO CULTURAL

DIEGO ORTIZ

20-22007854-0

$74.022,98

68

CONGRESO CULTURA ROCK MAR DEL PLATA

JULIO CÉSAR FERNANDEZ

23-22313302-9

$74.022,98

69

LA RONDA ESPACIO CULTURAL

ASOCIACIÓN CIVIL LA RONDA EL FUTURO EN NUESTRAS MANOS

30-71607965-8

$74.022,98

70

TEMPO DANCE AND FITNESS

NORMA SUSANA ALONSO

 27-24251325-3

$74.022,98

71

TALLER DE ARTE DE ANA LAURA PASQUALINI

ANA LAURA PASQUALINI

27-21006135-0

$74.022,98

72

ESTUDIO DE DANZA MATTION IN BRUNETTI

ZULMA NORA MATTION

27-12110589-1

$74.022,98

73

CIC DAI ONG

MARÍA PAULA LOSTRA

27-30196147-8

$74.022,98

74

CENTRO CULTURAL LA CASA  DE ENFRENTE

VICTORIA DEL PUEBLO

33-71442157-9

$74.022,98

75

CASA LAS DALIAS, ENCUENTRO DE ARTE

FELIPE JOSÉ ISSA

20-07765469-1

$74.022,98

76

GALPÓN SOCIAL Y CULTURAL

SANTIAGO JAVIER PÉREZ

20-32160951-2

$74.022,98

77

WOLFGANG

NELSON ESTEBAN CARRANZA MONTES DE OCA

20-92419471-6

$74.022,98

78

TALLER DE CERÁMICA DE SILVIA ALEJANDRA GARCÍA

SILVIA ALEJANDRA GARCÍA

27-14468062-1

$74.022,98

79

TABANCO ESPACIO DE ARTE

ESPACIO TABANCO S.A.S.

30-71624580-9

$74.022,98

80

CENTRO CULTURAL MAR DE FUEGOS

CENTRO DE ESTUDIOS POLÍTICOS ENCUENTRO

30-71454928-2

$74.022,98

81

EL PATIO CULTURAL

SEBASTIAN JOSE ANTONUCCI

20-30395622-1

$74.022,98

82

GALERÍA DE ARTE ELIZABETH COSENTINO

ELIZABETH ROSANA COSENTINO

27-17625041-6

$74.022,98

83

ADOLFO FRANCISCO NIETO

CENTRO CULTURAL CABILDO

30-71175583-3

$74.022,98

84

ASTOR TEATRO BAR

3 SOCIOS SA

30-71659295-9

$74.022,98

85

CENTRO DE ESTUDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO A LAS INICIATIVAS LOCALES

CEFIL ONG

30-70908448-4

$74.022,98

86

ESTUDIO DE DANZA LUZ MARIA PUGLIESE

LUZ MARIA PUGLIESE

27-34564421-6

$74.022,98

87

ESPACIO DE DANZA PICCARDI

MONICA ALEJANDRA PICCARDI

27-23260460-9

$74.022,98

88

BAILA MAR DEL PLATA ESPACIO DE DANZA

ALICIA ROOSTEE

27-28859170-4

$74.022,98

89

ESPACIO DE DANZA ART DANCE

KARINA ALEJANDRA MORA

27-20619549-0

$74.022,98

90

ESPACIO DE DANZA ROCÍO S. ALVAREZ

ROCIO SOLEDAD ALVAREZ

27-28299213-8

$74.022,98

91

CENTRO CULTURAL LA PANADERIA

JUAN CARLOS RUIZ

20-21980740-7

$74.022,98

92

INSTITUTO DE DANZA ANAHÍ RAMOS

ANAHÍ JULIA RAMOS

27-14067620-4

$74.022,98

93

CENTRO CULTURAL MAYO

ASOCIACIÓN CIVIL DE APOYO A LAS INICIATIVAS BARRIALES ALUVIÓN

30-71543826-3

$74.022,98

94

ASOCIACIÓN DE FOMENTO PLAYA DE LOS LOBOS

ASOCIACIÓN DE FOMENTO PLAYA DE LOS LOBOS

33-67955684-9

$74.022,98

95

NADIA FLAVIA MARTINEZ

NADIA FLAVIA MARTINEZ

27-27678577-5

$74.022,98

96

ROSANA IRENE RIZZO

ROSANA IRENE RIZZO

27-13089247-2

$74.022,98

97

CLUB PORTUGUÉS DE MAR DEL PLATA

PAULA NATALIA ALONSO

27-25107392-4

$74.022,98

98

IGNACIO LADISLAO BORDÓN

IGNACIO LADISLAO BORDÓN

20-38685374-7

$74.022,98

99

SONIA ADRIANA OSIMANI

SONIA ADRIANA OSIMANI

21-17110284-2

$74.022,98

100

ASOCIACION DE SORDOS DE MAR DEL PLATA

ASOCIACION DE SORDOS DE MAR DEL PLATA

30-68135654-8

$74.022,98

101

QUIMIO CON ESTILO

QUIMIO CON ESTILO

30-71641895-9

$74.022,98

102

CROSA OHACO LORENA

CROSA OHACO LORENA

27-92727638-6

$74.022,98

103

CENTRO COMUNITARIO CREANDO FUTURO - GRUPO OLEADA             

DIEGO MALBERNAT

 

20-34058008-8

$74.022,98

104

CENTRO PUGLIESE MARPLATENSE

CENTRO PUGLIESE MARPLATENSE

30-70868747-9

$74.022,98

105

LIRICA LIBRE

PABLO GONZALEZ AGUILAR

20-13616261-7

$74.022,98

106

IGLESIA CATEDRAL DE MAR DEL PLATA

JAIME ARIEL SUEIRO

30-57231893-8

$74.022,98

107

CENTRO COMUNITARIO LOS PATITOS

ORNELLA GUADALUPE CASTRO

27-35434577-9

$74.022,98

108

HILDA ASAEL YEMHA

HILDA ASAEL YEMHA

27-33613259-8

$74.022,98

109

GEMMA CULTURA – GESTIÓN & COMUNICACIÓN

ANA VALERIA COLOMBATO

27-24210974-6

$74.022,98

110

UCIP – UNIÓN DEL COMERCIO, LA INDUSTRIA Y LA PRODUCCIÓN DE MAR DEL PLATA

UNIÓN DEL COMERCIO, LA INDUSTRIA Y LA PRODUCCIÓN

30-52883860-6

$74.022,98

111

FOGOLAR FURLÁN MAR DEL PLATA

FOGON FRIULANO DE MAR DEL PLATA

30-71107172-1

$74.022,98

112

UNIÓN REGIONAL MARCHIGIANA

UNION REGIONAL MARCHIGIANA ATA

30-68558134-1

$74.022,98

113

LA PERIFERIA – BAR CULTURAL

MARIA LUNA SARSALE AMOROSO

 

27-33504327-3

$74.022,98

114

JOSUE NAHUEL AGÜERO

 

JOSUE NAHUEL AGÜERO

 

20-33662787-8

$74.022,98

115

ESCUELA DE ARTES Y OFICIOS LA NEGRA

NORA ALICIA ROSSELLÓ

 

27-12795020-8

$74.022,98

116

FEDERACIÓN DE SOCIEDADES ITALIANAS DE MAR DEL PLATA Y ZONA

FEDERACIÓN DE SOCIEDADES ITALIANAS DE MAR DEL PLATA Y ZONA

30-68140209-4

$74.022,98

117

UNIONE REGIONALE DEL MOLISE

LUIS SANTELLA

20-13267972-0

$74.022,98

118

MARCELA VIRGINIA VILLAN

MARCELA VIRGINIA VILLAN

27-17282489-2

$74.022,98

119

CENTRO COMUNITARIO ESTRELLITA DE NUEVO GOLF

MARÍA JORGELINA SANCHEZ PAGANO

27-28289834-4

$74.022,98

120

CLAUDIA PATRICIA IBAÑEZ

CLAUDIA PATRICIA IBAÑEZ

23-25763085-4

$74.022,98

 

 

 

A N E X O  II

 

Instructivo para la presentación de las rendiciones de cuentas correspondientes al Fondo Especial para la Reactivación del Turismo y la Cultura" del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires:

 

1)    Deberán presentar nota dirigida al Señor Intendente Municipal en la que se consigne: Número de Decreto por el que se ha percibido el subsidio, nombre y apellido, DNI, N° de CUIT, domicilio (Cuyo Modelo se adjunta).

2)    Presentar en original y dos copias tanto la nota indicada en el punto 1) como de los comprobantes de gastos efectuados (punto 3), avalados con la firma del titular del beneficio.

3)    Los comprobantes de gastos presentados deberán ser emitidos a nombre del titular del beneficio y conformes a las normativas impositivas vigentes (Factura electrónica o con Controlador Fiscal (CF) y ser Factura “B” o “C”. En caso que sea Factura ”A” se tomara el importe neto de IVA. Asimismo, deberán contener siempre una descripción detallada de la compra y ser legibles.

La fecha de los mismos, deberá ser igual o posterior a la fecha del Decreto Municipal.

 

Las facturas deberán consignar la forma de pago “Contado”. En caso que la factura sea de cuenta corriente, se deberá presentar el recibo cancelatorio pertinente.

 

De abonarse con tarjeta de débito, se deberá adjuntar el extracto bancario, marcando dicho gasto. Cabe aclarar, que la cuenta bancaria del extracto bancario debe ser la misma en la que se depositó el subsidio.

 

En ningún caso, se aceptarán facturas abonadas con tarjeta de crédito.

 

Cuando el subsidio se le haya entregado a una entidad, se deberán presentar 2 copias simples del Estatuto, el que deberá incluir la nómina actualizada de las autoridades. Dicha solicitud es a efectos de corroborar que la persona que avale la rendición de cuentas presentada coincida con el mismo.

 

4) En caso que sean materiales, insumos o servicios relacionados con los mismos, se solicita se acompañe una nota explicando el destino de los mismos.

5)    Deberán presentarse dentro de los noventa (90) días de la fecha en que se efectivizó la entrega de fondos.

6)    Los fondos no invertidos deberán ser reintegrados al Municipio.

7)    Los fondos no invertidos ya sean en forma parcial o total, que no sean reintegrados en dicho plazo noventa (90) días deberán actualizarse en base al Índice de Precios al Consumidor Nivel General Región Pampeana, publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, sin perjuicio de las acciones civiles y/o penales que pudieran corresponder.

 

 

Los fondos pueden utilizarse para estos dos puntos:

 

a) Gastos para el acondicionamiento de los locales y espacios a los requisitos establecidos en los protocolos sanitarios correspondientes a las actividades turísticas y culturales.

 

b) Gastos asociados a la reapertura de las actividades (compra de insumos, materiales, equipamiento, mantenimiento de los locales).

Es decir, no incluye ningún tipo de servicios mensuales (alquileres, luz, gas, teléfono, Internet, etc.)

 

La rendición se deberá presentar en sobre cerrado con identificación del beneficario del subsidio en el buzón habilitado en la guardia municipal , ubicado en la puerta “pequeña” de Avda. Luro esquina Hipólito Irigoyen (Buzón de Rendición de Cuentas),  de Lunes a Viernes de 8 a 14 horas.

 

No se aceptarán rendiciones en la dependencia sin turno previo.

 

Para turnos y consultas se pueden comunicar a través del teléfono del Depto. de Rendición de Cuentas al 499-6421 o al mail de la dependencia: rendiciondecuentas@mardelplata.gov.ar

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

A N E X O  III

 

MODELO de NOTA

Mar del Plata, ….… de ……………… de 20…..

 

Señor Intendente Municipal

Don………………………………

S                        /                      D

 

 

                             Ref.: Decreto  Municipal Nº ………/2021 – Rendición de cuentas

 

Quien suscribe…………………., en mi carácter de titular del beneficio establecido en el Decreto de referencia, con domicilio constituido en …………………………………………………….……., de la localidad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires y Nº de CUIT………………………,manifiesto que he recibido los fondos otorgados por el mencionado Decreto Municipal, para ser aplicados a efectuar gastos que se exponen seguidamente:

 

Suma otorgada:                                    $    ………………………

Inversión documentada:                       $ (…………………………) Según detalle en cuadro adjunto.

Monto a reintegrar o

a favor del beneficiario                         $   ………………………

 

Detalle de inversión documentada:

ÍTEM

FACTURA Nº

FECHA

PROVEEDOR

DETALLE

IMPORTE

1

 

 

 

 

 

2

 

 

 

 

 

3

 

 

 

 

 

 

 

Firma:  ……………………………………..      Aclaración:  ……………………………