Boletines/Carlos Tejedor
Decreto Nº 2392/21
Carlos Tejedor, 15/09/2021
Visto
La procedencia de habilitar el REGISTRO ESPECIAL DE MAYORES CONTRIBUYENTES requerido por el artículo 94, Capítulo III, del Decreto Ley 6769, “Ley Orgánica de las Municipalidades de la provincia de Buenos Aires”, y,
Considerando
Que conforme dicho Decreto Ley, el registro especial debe mantenerse abierto del 1º al 15 de mayo de cada año, destinado a quienes se encuentran comprendidos en el artículo 93, con las limitaciones establecidas en el inciso 2 del artículo 94.
Por ello
LA INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- Habilitase el REGISTRO ESPECIAL DE MAYORES CONTRIBUYENTES, desde el 1º al 15 de mayo de cada año, mediante formulario anexo que se presentará como Alcance en Mesa de Entradas, de lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas, destinado a quienes se encuentren comprendidos en el artículo 93, con las limitaciones establecidas en el inciso 2 del artículo 94, todos del Decreto Ley 6769, “Ley Orgánica de las Municipalidades de la provincia de Buenos Aires”.
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, publíquese, regístrese.
Decreto 2392
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