Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 190
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 24/06/2021
Visto las presentes actuaciones; y teniendo en cuenta la nota obrante a fojas 1 del expediente de referencia mediante la cual el Director de Espacios Públicos, el Ing. Pablo BIANCO, solicita el pago de la factura N°00002-00000033 correspondiente al servicio de reparación e instalación de las cañerías en la Plaza Barrio Paihuen, realizado por la empresa Gutasa Servicios Integrales S.A., CUIT: 30-71675255-7, durante el período comprendido entre el 2 de mayo al 16 de mayo de 2021, por lo expuesto y;
CONSIDERANDO:
Que según lo expresa la nota del Director de Espacios Públicos ...”Dicha reparación se vio necesaria por la presencia de una pérdida constante de agua dentro de la sala de electroválvulas, poniendo en riesgo la funcionalidad de los elementos constitutivos del sistema de riego. Además, se encontraban otras pérdidas dentro de los circuitos de distribución que requerían reparación inmediata debido a la presencia de ejemplares arbóreos plantados en septiembre del año 2020, los cuales cursan el periodo inicial de crecimiento, siendo indispensable en esta etapa y de vital importancia la recepción de agua de los mismos.
Según las incumbencias de la Secretaría de Movilidad Urbana y Espacios Públicos, esta Dirección es la responsable del mantenimiento y de toda tarea que requieran las plazas y/o espacios verdes; pero cabe destacar que al momento de ejecutar dicha intervención esta dependencia no contaba, ni cuenta con el personal a disposición ni capacitado para tal fin.
Por lo expuesto y tratándose de un procedimiento de contratación de servicio y compra de bienes irregular y excepcional, se informa que las tareas realizadas fueron las siguientes: reparación de los circuitos de riego con anillos, reparación de los circuitos de retorno, regulación y colocación de aspersores, reparación de pérdidas de colector de electroválvulas, reparación, conexión y limpieza de las electroválvulas y la provisión de 300 mts. de caño de 1 pulgada.
Se informa, además, que en el marco de dicha modalidad de contratación, que previo a la solicitud del servicio y teniendo en cuenta la urgencia del caso, el agente municipal leg: 21.255 Ing. Federico Rossi, encargado de la certificación de obra adjunta, fue quien realizó el estudio de costos dando como resultado que la empresa GUTASA S.A. era la que mejor se ajustaba a los valores del mercado y otorgaba respuesta rápida acorde a la necesidad planteada. Asimismo, se deja constancia que dicha contratación en su curso normal y fundado en el artículo N.º 132 incisos d) y e) de la Ley Orgánica de Municipalidades, hubiera permitido el formato de Compra Directa a la firma GUTASA S.A., Proveedor Nº 8761 de este municipio, siendo ésta una de las prestadoras del servicio de reparación de riego.”
Que por dicha razón, se hace necesario iniciar el presente trámite administrativo a los efectos de poder abonar la factura antes mencionada, teniendo en cuenta que la empresa efectivizó los trabajos solicitados acorde a lo establecido a fojas 3 y el certificado de obra a fs. 4 del presente expediente.
Por lo expuesto; y teniendo en cuenta lo informado a fojas 11y 12 por la Secretaría de Movilidad Urbana y Espacios Públicos respecto de la insistencia del pago del servicio, la documentación adjunta en el presente expediente y la imputación de la Subdirección de Presupuesto y del Departamento Contaduría General a fs. 11 , el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Contaduría General a abonar la Factura N° N°00002-00000033, por la suma PESOS CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES CON 18/100 CENTAVOS ($157.733,18) a favor de la empresa Gutasa Servicios Integrales S.A., CUIT: 30-71675255-7, en concepto de reparación e instalación de las cañerías en Plaza Paihuen, realizado durante el período comprendido entre el 2 de mayo al 16 de mayo del 2021, en un todo de acuerdo a lo estipulado en los certificados obrantes de fojas 3 y 4 del expediente de referencia.
ARTICULO 2º: El gasto que demande lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110119000, Categoría Programática 17.00, Gasto del presupuesto 3.3.5.0.
ARTICULO 3°:- Cúmplase, dése al R.O tome conocimiento el Subdirección de Presupuesto, Departamento Contaduría General, Departamento Tesorería. Cumplido: ARCHIVESE.