Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº1650

Resolución Nº 1650

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 16/07/2021

VISTO la nota presentada por el LIC. OSVALDO ALFREDO PICCIOTTI, DNI Nº 7.792.361, solicitando el reintegro del importe abonado por error dado que la partida abonada no es de mi propiedad, correspondiente a la Partida Nº 130.927, y;

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Recaudación informa a fojas 9 que se emitió por Resolución Nº 2-1172/2021 el libre deuda al 31/12/2020, correspondiente a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, de la Partida Nº 130.927, por lo que los pagos anteriores al 01/01/2021 no pueden ser modificados;

Que esa misma dependencia informa que a fin de acreditar los pagos realizados en concepto de Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud se deberá notificar al recurrente que deberá presentar los comprobantes originales de pago en el Departamento Recaudación a fin de ser intervenidos;

Por todo ello, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS, en el uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 3211/2019:

RESUELVE

ARTÍCULO 1º) Denegar lo solicitado por el LIC. OSVALDO ALFREDO PICCIOTTI, DNI Nº 7.792.361, atento que la Partida mencionada registra mediante Resolución un informe de Libre Deuda y los pagos anteriores al 01/01/2021 no pueden ser modificados, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.-

ARTÍCULO 2º) Notificase al LIC. OSVALDO ALFREDO PICCIOTTI, DNI Nº 7.792.361. que a fin de acreditar los pagos realizados en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Salud de las cuotas 1 a 4/2021 de la Partida 130.927 a la Partida Nº 130.928 deberá presentar los comprobantes originales de pago en el Departamento Recaudación.-

ARTÍCULO 3º)- Cúmplase, notifiquese, dése al R.O., tome nota Departamento Recaudación, Hecho, ARCHIVESE.-