Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1609
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 13/07/2021
Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada por José Alfredo Coscia y Ricardo Alfredo Carluccio, en carácter de presidente y Secretario respectivamente, del CIRCULO DE SUBOFICIALES, por la cual solicitan exención en el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, correspondiente a la Partida N° 11.122, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo Nº 97 Inciso G Apartado II de la Ordenanza Fiscal 2021, expresa que están exentas del pago de la presente tasa: “Asociaciones y/o Agrupaciones Sindicales según la Ordenanza Nº 7390”;
Que, el Artículo Nº 270 de la Ordenanza Fiscal 2021 establece, en relación a la Tasa de Salud, que serán de aplicación las exenciones previstas por el Artículo Nº 97 de la presente Ordenanza;
Que, el Artículo Nº 6 último párrafo de la Ordenanza citada ut supra prescribe que el otorgamiento de exenciones comenzará a regir desde la fecha de ingreso de la solicitud; siempre que no se haya dispuesto otro criterio de otorgamiento para una tasa específica;
Por todo lo expuesto, y en virtud de lo informado por el Departamento de Recaudación a fojas 16, EL INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:
R E S U E L V E
ARTICULO 1º): Exímase a la Partida N° 11.122, del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, desde la cuota 01/2021, en cumplimiento a lo prescripto por los Artículo Nº 97 Inciso G Apartado II y Nº 270 y Nº 6 último párrafo de la Ordenanza Fiscal 2021.
ARTICULO 2º): Cúmplase, dése al RO, notifíquese, tome nota Departamento Recaudación; y hecho, archívese.