Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº335

Resolución Nº 335

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 30/07/2021

Visto la nota elevada por el Director del Instituto Cultural y la Directora de Acción Cultural a fs. 1, por la cual comunican que los señores Eduardo González Martínez y Diego Borgani, presidente y tesorero de la Asociación Filarmónica de Bahía Blanca respectivamente, se encuentran abocados a la organización del ciclo “Encuentro Internacional de Clarinetes” que se llevará a cabo de manera virtual y presencial entre los días 9 y 11 de octubre del corriente año en nuestra ciudad; y

Considerando

Que el desarrollo del mencionado evento forma parte del cronograma cultural de nuestra ciudad, por lo que se encuentra incluido en el marco de la Ordenanza Nº 19.038 (sancionada el 29 de junio de 2017) que crea el Fondo Municipal de Financiación de Eventos Artísticos y Culturales de Organización Regular y Continuidad en el Tiempo con el Instituto Cultural de Bahía Blanca como autoridad de aplicación, como consta en el artículo 4.-

Que la Asociación Filarmónica de Bahía Blanca es una agrupación civil sin fines de lucro fundada por músicos, docentes y melómanos con el objetivo de promover el estudio y el goce de la música académica organizando conciertos para toda la comunidad, además de clases y talleres especialmente dirigidos a los jóvenes, para su formación, como integrantes de la banda sinfónica y el Coro de Clarinetes Carmelo Azzolina, sus dos ramas ejecutivas principales, como así también a los alumnos de los diferentes espacios formativos de la ciudad y la zona (Conservatorios, Orquestas Escuela, etc.).

Que con el presente festival pretenden dar continuidad y consolidar el éxito conseguido a partir de 2009, con los anteriores Encuentros y que contaron con la presencia de los maestros Luis Rossi (Argentina-Chile), Marco Antonio Mazzini (Perú-Bélgica), Carlos Céspedes (Salta, solista de la Orquesta Filarmónica del Teatro Colón de Buenos Aires), Manuel Hernández (México), Rosa Barros (Brasil) y Mariano Rey (solista principal de la Orquesta Filarmónica del Teatro Colón) entre muchos otros.

Que se ha solicitado un subsidio destinado a solventar gastos de producción y coordinación, tales como honorarios profesionales, difusión, diseño gráfico, costos de streaming y conectividad y demás gastos que se pudieran ocasionar. Considerando que ha sido previsto en el Presupuesto de Gastos del corriente ejercicio el otorgamiento de una ayuda destinada a tal fin y atento a la imputación de los Departamentos de Planeamiento Presupuestario y la Contaduría General a fs. 1 vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades, 

- R E S U E L V E -

PRIMEROOtórgase un subsidio a nombre de ASOCIACIÓN FILARMÓNICA DE BAHÍA BLANCA, C.U.I.L.: 30-71131304-0; por la suma de $ 157.800 (pesos ciento cincuenta y siete mil ochocientos) a fin de solventar gastos de producción y coordinación, tales como honorarios profesionales, difusión, diseño gráfico, costos de streaming y conectividad y demás gastos que demanden la organización del "Encuentro Internacional de Clarinetes", entre otros que se pudieran ocasionar, en un todo de acuerdo al considerando de la presente Resolución.-

SEGUNDO: Autorízase a Contaduría General a abonar a la ASOCIACIÓN FILARMÓNICA DE BAHÍA BLANCA, C.U.I.L.: 30-71131304-0; la suma de $ 157.800 (pesos ciento cincuenta y siete mil ochocientos) atento a lo indicado en el artículo Primero.- 

TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la Partida del Presupuesto de Gastos vigente: Fuente: 110, Jurisdicción: 1110108000, Cat. Prog.: 84. 00. 00, Hechos Artísticos Culturales No Eventuales - Gasto. 5.1.7.0.- 

CUARTO: Notifíquese a la persona beneficiaria que, una vez recibidos los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en el plazo de sesenta (60) días, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión; bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones anexas al Decreto 2980/00- RAFAM.-

QUINTO: Encomendar al Instituto Cultural el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la persona beneficiaria dispuesto en el artículo 4° del presente acto administrativo.- 

SEXTO: Cúmplase, notifíquese al beneficiario mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Contaduría General y Departamento Tesorería, dése al R.O. y ARCHÍVESE.