Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº1493

Resolución Nº 1493

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 28/06/2021

Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada por MARIA NELIDA MEDINA, DNI Nº 16.681.521, por la cual solicita la devolución de la suma de $16.825, debido a que por error ha abonado en dos oportunidades la tasa municipal anual 2021, correspondiente a las Partidas N° 80.460, y;

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Recaudación a fojas 14 primer párrafo solicita dejar sin efecto la Resolución Nº 2-1185/2021 obrante a fojas 8 del expediente 0-1057/2021, rectificando el informe de fojas 7, verificando que la recurrente no abono dos veces la Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública  y Tasa de  Salud de la partida 80460, siendo que  el saldo a favor se debe tomar de la toma de nota de la Resolución Ne 2-734/2020 donde se exime del pago del 50% de dicha tasa a partir de la cuota 02/2020;

Que el Departamento Recaudación a fojas 14 segundo párrafo informa que el importe a reintegrar a la Sra. Medina María Nélida, DNI Nº 16.681.521, es de $15407.75 y que corresponde a los recibos 25256267, 25744701 y 2027443157 por el año 2020 cuotas 02 a 12 y recibo 2029123685 del año 2021 cuotas 01 a 12;

Que el Artículo Nº 41 de la Ordenanza Fiscal expresa:”...Es facultad del Departamento Ejecutivo el resolver la acreditación o devolución, de oficio o a pedido del interesado, de las sumas que resulten a beneficio del contribuyente o responsable por pagos indebidos o excesivos. Los contribuyentes podrán solicitar la imputación de los saldos acreedores para la cancelación de la deuda emergente de nuevas declaraciones juradas correspondientes al mismo tributo, siendo facultad de esta Comuna aceptar o rechazar dicha solicitud...”.

Por todo ello, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en el uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 3211/2019:

- R E S U E L V E -

ARTÍCULO 1º)- Déjese sin efecto la Resolución Nº 2-1185/2021 obrante a fojas 8 del expediente 0-1057/2021, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.-

ARTÍCULO 2º)- Debitase de la Partida N° 80.460, la suma de PESOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS SIETE CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS($15.407,75.-), en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, Tasa de Salud, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.-

ARTÍCULO 3º)- Reintégrese a MARÍA NÉLIDA MEDINA CUIL Nº 27-16681521-0, la suma total de PESOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS SIETE CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS($15.407,75.-) en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud de la Partida Nº 80.460, atento lo normado en el Art. 41 de la Ordenanza Fiscal vigente.

ARTÍCULO 4º)- Autorizase al Departamento Contaduría a librar orden de pago y cheque a nombre de MARÍA NÉLIDA MEDINA CUIL Nº 27-16681521-0, la suma total de PESOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS SIETE CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS($15.407,75.-)correspondiendo: la suma de PESOS CINCO MIL CIENTO SETENTA Y SEIS CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($5.176,96) a Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública de ejercicio 2020, (Código de imputación RAFAM: 01210102), la suma de PESOS SEIS MIL OCHO CON NOVENTA Y UN CENTAVOS ($6.008,91) a Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública de ejercicio 2021, (Código de imputación RAFAM: 01210101), la suma de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($4.221,88) a Tasa de Salud (Código de imputación RAFAM: 01219901), en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.-

ARTÍCULO 5º)- Cúmplase, dese al R.O., notificase, tome nota Departamento Recaudación. Hecho, ARCHIVESE.-